¿Qué regula?
El Plan Nacional de Reducción de Emisiones tiene por objeto reducir las emisiones totales de óxidos de nitrógeno (NOX), dióxido de azufre (SO2) y partículas de las instalaciones existentes (que entraron en funcionamiento antes del mes de julio de 1987), a los niveles que se hubieran alcanzado aplicando los valores límite de emisión a las instalaciones existentes en funcionamiento en el año 2000 en función del tiempo de funcionamiento anual real de cada instalación, el combustible utilizado y la potencia térmica, calculados sobre el promedio de los cinco últimos años de funcionamiento hasta el 2000, inclusive.
¿A quién aplica?
El PNRE-GIC aplicará a partir del 1 de enero de 2008 al conjunto nacional de grandes instalaciones de combustión existentes, estando unas sometidas a los compromisos de reducción de emisiones de las correspondientes burbujas de emisión, y otras exentas de esos compromisos.
Actuaciones previstas para el cumplimiento del PNRE-GIC
Para el período 2008-2015, se incluyen, de forma escueta, las actuaciones que está previsto realizar en las instalaciones para el cumplimiento de los objetivos totales nacionales de emisión de las burbujas de reducción de emisiones de SO2, NOx y partículas del PNRE-GIC. Para el período 2016-2017 y de 2018 en adelante, no se incluyen las medidas concretas previstas ya que, en los momentos actuales, dada la variabilidad de los posibles desarrollos tecnológicos de reducción de emisiones, así como la incertidumbre de la viabilidad de varias instalaciones, no es posible concretar dichas medidas.
Relación entre el PNRE-GIC y la Ley IPPC
La Directiva IPPC, y la Ley IPPC, establecen que para las instalaciones a las que aplica, para que puedan estar operativas, precisan de la autorización ambiental integrada que es otorgada por el Órgano Competente de la Comunidad Autónoma donde se encuentre ubicada la instalación. Las instalaciones reguladas figuran en el Anexo I de dichas disposiciones, incluyéndose entre ellas las instalaciones de combustión de potencia térmica superior a 50 Mw. (GIC). En el PNRE-GIC figuran los valores totales de emisión (en toneladas por año) de las correspondientes burbujas de SO2, NOx y partículas para las GIC existentes incluidas en el mismo. Dichos valores de emisión no han de superarse por las emisiones anuales de dichas GIC a partir del 1 de enero de 2008.