El nuevo Reglamento tiene por objeto establecer el régimen jurídico y el procedimiento de intervención administrativa aplicables al ejercicio de actividades económicas y a la apertura de los establecimientos destinados a las mismas.
La Consellería de Economía, Empleo e Industria de Galicia ha aprobado el DECRETO 144/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento único de regulación integrada de actividades económicas y apertura de establecimientos.
Mediante dicho decreto, se aprueba el Reglamento único de regulación integrada de actividades económicas y apertura de establecimientos (en adelante, RIAE), tanto de las actividades inocuas como de las actividades clasificadas y los espectáculos públicos y actividades recreativas.
Es decir, este reglamento se aplica:
- a) A la instalación, implantación o ejercicio de cualquier actividad económica, empresarial, profesional, industrial o comercial en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia y a la apertura de los establecimientos destinados a este tipo de actividades.
- b) A la organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia y a la apertura de los establecimientos públicos destinados a este tipo de actividades.
- c) A las entidades de certificación de conformidad municipal que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Los ayuntamientos aprobarán una ordenanza única que establezca la regulación integrada del ejercicio de las actividades y la apertura de los establecimientos incluidos en el ámbito de aplicación de este reglamento.
Mientras no entren en vigor las ordenanzas previstas, para la plena efectividad de lo establecido en el reglamento los ayuntamientos aplicarán las normas subsidiarias contenidas en el título V del Decreto 144/2016. Una vez que entren en vigor dichas ordenanzas, dichas normas se aplicarán con carácter complementario, para suplir las indeterminaciones y lagunas que aquellas puedan presentar.