B.O.J.A. 180 del 10/09/2008
Esta norma regula la presentación de las solicitudes de deslinde en cauces públicos, constitución, modificación y separación de comunidades de usuarios de aguas públicas, comunicación de aprovechamientos iguales o inferiores a 7.000 m³, investigación de aguas subterráneas, autorizaciones para las actuaciones en el dominio público hidráulico y zona de policía de cauces, y de concesiones, competencia de la Agencia Andaluza del Agua, que deberán ajustarse a los modelos que figuran como Anexo en esta Orden, según corresponda al procedimiento que se desee iniciar.
Las personas interesadas podrán efectuar la presentación de las solicitudes de dos formas:
- Procedimiento telemático De forma telemática mediante firma electrónica, de acuerdo con el Decreto 183/2003, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medio electrónico (internet), ante el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía.
- En soporte papel, con la firma manuscrita, dirigidas al órgano correspondiente de la Agencia Andaluza del Agua