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	<title>planes de autoprotección baleares archivos | Eurofins Environment Testing Spain</title>
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	<title>planes de autoprotección baleares archivos | Eurofins Environment Testing Spain</title>
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		<title>Baleares establece las instrucciones para inscribir los Planes de Autoprotección.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Prisma]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 Jan 2023 13:10:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Seguridad industrial]]></category>
		<category><![CDATA[planes de autoprotección baleares]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Los planes de autoprotección deben revisarse con una periodicidad no superior a 3 años.. Clarifican cómo se debe solicitar la actualización y revisión de estos planes en Baleares.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/baleares-establece-las-instrucciones-para-inscribir-los-planes-de-autoproteccion/">Baleares establece las instrucciones para inscribir los Planes de Autoprotección.</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div class="wy basic-section">
<p>Los planes de autoprotección deben revisarse con una periodicidad no superior a 3 años.. Clarifican cómo se debe solicitar la actualización y revisión de estos planes en Baleares.</p>
<p>El Gobierno de las Islas Baleares ha publicado un anuncio en el cual pone a disposición de los titulares de las instalaciones con planes de autoprotección ya inscritos en el Registro General de Planes de Autoprotección, así como de los técnicos redactores, las instrucciones y pautas que se tienen que seguir para renovar y/o actualizar dichos planes de autoprotección ya inscritos.</p>
<h2>Revisión cada 3 años</h2>
<p>El Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el cual se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que pueden dar origen a situaciones de emergencia, establece en su artículo 4 que la revisión del plan es responsabilidad del titular de la actividad y en su punto 3.7 que el plan se mantendrá adecuadamente actualizado, y se revisará <strong>con una periodicidad no superior a tres años.</strong></p>
<p>Para poder actuar en consecuencia y aclarar algunas dudas planteadas por parte de los titulares de las actividades y por los técnicos redactores, Baleares ha establecido las pautas a seguir para solicitar la actualización y revisión de los Planes de Autoprotección.</p>
<p>Todas las inscripciones y revisiones que se hagan en los Registros dependientes de la consejería de Administraciones Públicas tendrán que pagar la tasa en vigor mediante Documento Unificado de Ingreso habilitado al efecto y se tendrá que poner el CÓDIGO M49.</p>
<p>Este documento se encuentra a disposición de las personas interesadas en las unidades de personal de todas las consejerías de la Administración de la CAIB y desde el Portal del Contribuyente</p>
<h2>Además de rellenar el impreso de solicitud de registro del plan, se deberá adjuntar:</h2>
<ol>
<li>Documento de revisión o actualización del plan, el número de registro de la actividad inicialmente registrada al RGPA. La indicación de que el plan presenta o no modificaciones sustanciales y su descripción.</li>
</ol>
<p>La referencia a la normativa y artículos que indican la obligación de la revisión del plan.</p>
<ol start="2">
<li>El justificante de pago de tasas (obligatorio en revisiones).</li>
<li>Optativamente se podrán:</li>
</ol>
<ul>
<li>a) Presentar tres copias escritas de todo el manual del plan con el apoyo informático.</li>
<li>b) Por triplicado una copia escrita de la *caràtula del manual del plan el cual incluya: «REVISIÓN, la hoja donde figuren los datos actualizados del titular y del técnico redactor con sus firmas.</li>
<li>c) El anexo indicando los puntos, párrafos o documentos que se anulan o cambian en relación al plan antiguo.</li>
<li>d) Una copia en apoyo informático .(Con la finalidad d ahorrar documentación, papel y aprovechamiento del contenido que no cambia del plan antiguo).</li>
</ul>
<ol start="4">
<li>Si las actividades se encuentran por encima de los valores límite del RD 393/2007,el manual del plan se deberá redactar en conformidad a esta normativa.</li>
<li>Además, se debe adjuntar prueba de la aplicación del plan para revisar las actas de la acreditación de simulacro, copias (revisiones técnicas de los equipos de lucha contra incendios y otras instalaciones en riesgo, instrucción vinculada a la autoprotección, asignación de cargos en el equipo, etc.).</li>
<li>Aclaración: Si la instalación de la revisión del plan, ha cambiado, su solicitud será procesada con las directrices para el registro de un nuevo plan y se procederá a dejar sin efectos sobre la actividad dicho plan.</li>
<li>Cualquier otro tipo de modificación, actualización o documentación similar que no se considera esencial, el titular de la actividad lo archivará con el manual del plan en vigor y, en cualquier caso, lo remitirá a la Dirección General de Interior, Emergencias y Justicia en el momento en que se procederá a la revisión oportuna del plan.</li>
</ol>
</div>
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