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	<title>Medio ambiente archivos | Eurofins Environment Testing Spain</title>
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	<description>Eurofins Environment</description>
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	<title>Medio ambiente archivos | Eurofins Environment Testing Spain</title>
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	<item>
		<title>Eurofins Munuera supervisa comunidades marinas con inspección remota asistida</title>
		<link>https://www.eurofins-environment.es/es/supervision-comunidades-marinas-inspeccion-remota-asistida/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Prisma]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 Feb 2026 06:33:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Aguas]]></category>
		<category><![CDATA[Eurofins Munuera]]></category>
		<category><![CDATA[Medio ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[aguas marinas]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.eurofins-environment.es/es/?p=50263</guid>

					<description><![CDATA[<p>Eurofins Munuera supervisa comunidades marinas con inspección remota asistida, una avanzada técnica para observar y analizar entornos marinos.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/supervision-comunidades-marinas-inspeccion-remota-asistida/">Eurofins Munuera supervisa comunidades marinas con inspección remota asistida</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div class="wy basic-section">
<p>La supervisión de las comunidades marinas es crucial para entender y proteger la biodiversidad y la salud de los ecosistemas oceánicos, esenciales para el equilibrio ambiental. En los últimos años, las técnicas de monitoreo han avanzado de forma considerable y ahora permiten un seguimiento más preciso y menos invasivo. Un ejemplo destacado es la inspección remota asistida de comunidades marinas, técnica que usa el laboratorio Eurofins Munuera para observar y analizar entornos marinos.</p>
<p>La principal ventaja de esta técnica es que proporciona datos detallados y en tiempo real y facilita la toma de decisiones informadas para la conservación y gestión sostenible de los recursos marinos.</p>
<h2>Control remoto desde superficie hasta 100 metros</h2>
<p>Los controles remotos asistidos desde supercie mediante Remote Operated Vehicle (ROV) en NearShore (es decir, a menos de 200 metros de la costa) tienen como objeto la filmación y reconocimiento de los fondos marinos desde el punto de vista bionómico (estudio de las relaciones de los seres vivos con su entorno) en el trazado de infraestructuras marinas como emisarios, inmisarios o cables submarinos. En los trabajos se identifican y delimitan las distintas comunidades o biocenosis existentes y a la vez se valora su estado ecológico.</p>
<p>Entre las comunidades sensibles objeto de seguimiento, destacamos las zonas con comunidades de fondos duros (arrecifes), Hábitat de Interés Comunitario (HIC) 1170 Arrecifes, de acuerdo a los estándares de la Directiva Hábitats y a la estrategia nacional para el seguimiento y evaluación de la Red Natura 2000.</p>
<ul>
<li>HIC 1170 Arrecifes</li>
<li>MB15: Mediterranean infralitoral rock</li>
<li>MC151: Coralligenous biocenosis</li>
<li>MD151: Biocenosis of Mediterranean shelf-edge rock</li>
<li>ME15 or MF15: Mediterranean upper bathyal rock or Mediterranean lower bathyal</li>
</ul>
<p>Con esta técnica se realizan toda una serie de recorridos en filmación continua en vídeo georeferenciado. Se localizan los diferentes puntos de discontinuidad de las especies indicadoras para su posterior representación cartográfica (cartografía bionómica). Por último, se verifica la situación respecto estudios previos y la evolución que haya podido producirse.</p>
<p><span style="font-family: inherit; font-size: 1.6em; font-style: inherit; font-variant-ligatures: inherit; font-variant-caps: inherit; font-weight: inherit;">Eurofins Munuera, amplia experiencia en supervisión de comunidades marinas</span></p>
</div>
<div class="wy basic-section">
<p><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/eurofins-munuera/">Eurofins Munuera </a>desarrolla trabajos de supervisión de comunidades marinas hasta los 100 metros de profundidad, en estudios de cobertura y densidad, gracias a su sistema de inspección remota asistido desde superficie.</p>
<p>Como medios materiales, cuenta con una embarcación profesional Lista 5ª (Remolcadores y barcos auxiliares del servicio de puertos) y con un ROV SIBIU-PRO, con 8 motores, de profundidad máxima de trabajo 300 metros, cable umbilical de 300 metros y 4 luces. Además, como medios personales dispone de personal/pilotos especializados.</p>
<p><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/contacto/"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="alignnone size-large wp-image-58687" src="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/06/Prospeccion-fondos-buceo-ROV-1024x256.jpg" alt="prospección de fondos" width="1024" height="256" srcset="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/06/Prospeccion-fondos-buceo-ROV-1024x256.jpg 1024w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/06/Prospeccion-fondos-buceo-ROV-300x75.jpg 300w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/06/Prospeccion-fondos-buceo-ROV-150x38.jpg 150w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/06/Prospeccion-fondos-buceo-ROV-768x192.jpg 768w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/06/Prospeccion-fondos-buceo-ROV-1536x384.jpg 1536w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/06/Prospeccion-fondos-buceo-ROV-1920x480.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a></p>
</div>
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]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Directiva sobre diligencia debida en sostenibilidad corporativa CSDDD</title>
		<link>https://www.eurofins-environment.es/es/directiva-diligencia-sostenibilidad-corporativa/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Lorena Terente]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 11 Feb 2026 15:52:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Legislación ambiental]]></category>
		<category><![CDATA[Medio ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[sostenibilidad empresarial]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.eurofins-environment.es/?p=50782</guid>

					<description><![CDATA[<p>La Directiva europea CSDDD establece nuevas obligaciones de diligencia debida en sostenibilidad para empresas de la UE y terceros países. </p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/directiva-diligencia-sostenibilidad-corporativa/">Directiva sobre diligencia debida en sostenibilidad corporativa CSDDD</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><span class="TextRun SCXW157235884 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="none"><span class="NormalTextRun SCXW157235884 BCX8">La Directiva sobre Diligencia Debida en Sostenibilidad Corporativa (CSDDD) de la Unión Europea, publicada el 5 de julio de 2024, surge en un contexto donde la responsabilidad empresarial y la sostenibilidad son cruciales. La presión social y la demanda de transparencia han llevado a la UE a crear un marco normativo que </span></span><strong><span class="TextRun SCXW157235884 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="none"><span class="NormalTextRun SCXW157235884 BCX8">asegure prácticas responsables en las operaciones empresariales y las cadenas de suministro</span></span></strong><span class="TextRun SCXW157235884 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="none"><span class="NormalTextRun SCXW157235884 BCX8">, dado que las malas prácticas pueden afectar gravemente los derechos humanos y el medio ambiente.</span></span><span class="EOP SCXW157235884 BCX8" data-ccp-props="{&quot;134233117&quot;:false,&quot;134233118&quot;:false,&quot;201341983&quot;:0,&quot;335557856&quot;:16777215,&quot;335559738&quot;:225,&quot;335559739&quot;:450,&quot;335559740&quot;:375}"> </span></p>
<p><a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2024-81037">Directiva (UE) 2024/1760</a> del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. Modifica la Directiva (UE) 2019/1937 y el Reglamento (UE) 2023/2859.</p>
<p>La Directiva establece obligaciones vinculantes de diligencia debida. Éstas requieren que las empresas<strong> identifiquen, valoren, prevengan, monitoreen, mitiguen, eliminen</strong> y reparen los efectos adversos sobre los derechos humanos y el medio ambiente potenciales o causados por sus actividades empresariales, las de sus filiales y socios comerciales.</p>
<p>Además, obliga a las empresas afectadas a elaborar un plan de transición climática. Las empresas deben implementar un plan para mitigar el cambio climático. Deben alinear su modelo de negocio con una economía sostenible y limitando el calentamiento global a 1.5 °C, según el Acuerdo de París.</p>
<p>La Directiva (UE) 2024/1760 ha sufrido una modificación por la <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2025-80596">DIRECTIVA (UE) 2025/794</a> DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 14 de abril de 2025, por la que se modifican las Directivas (UE) 2022/2464 y (UE) 2024/1760 en lo que respecta a las fechas a partir de las cuales los Estados miembros deben aplicar determinados requisitos de presentación de información sobre sostenibilidad y de diligencia debida por parte de las empresas.</p>
<h2>Tiempos de implementación de la Directiva sobre diligencia debida en sostenibilidad corporativa</h2>
<p>A tener en cuenta las siguientes fechas para la adaptación de la Directiva sobre diligencia debida en sostenibilidad corporativa CSDDD.</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li><strong>Entrada en Vigor</strong>: 25 de julio de 2024. 20 días después de su publicación.</li>
<li><strong>Transposición a Normativa Nacional</strong>: 26 de julio de 2027. Los Estados miembros tendrán un plazo de 2 años para adaptar la directiva a su legislación nacional.</li>
<li><strong>Aplicación Gradual por las Empresas.</strong> Las empresas comenzarán a aplicar las disposiciones de la norma de manera gradual a partir del 26 de julio de 2027.</li>
</ul>

		</div>
	</div></div><div class="grve-section grve-row-section grve-fullwidth-background grve-padding-top-1x grve-padding-bottom-1x grve-bg-none"><div class="grve-container"><div class="grve-row grve-bookmark grve-columns-gap-30"></div></div><div class="grve-background-wrapper"></div></div>
<h2>Ámbito de aplicación</h2>
<p>La CSDDD se aplica a empresas que <strong>operan dentro de la UE</strong>. También se aplica a aquellas que, aunque no tengan sede en la región, <strong>realicen actividades significativas en el mercado europeo</strong>. Este enfoque busca garantizar que tanto grandes corporaciones como medianas empresas evalúen y gestionen adecuadamente los riesgos asociados a sus operaciones, especialmente en sectores de alto riesgo como la minería, la agricultura, la moda y la tecnología.</p>
<h3>Empresas constituidas en la Unión Europea</h3>
<p>Ámbito de aplicación</p>
<ol>
<li><b><i><span data-contrast="none"> Aplicará a las empresas que se hayan constituido de conformidad con la legislación de uno de los Estados miembros y que cumplan algunas de las condiciones siguientes:</span></i></b></li>
<li><b><i><span data-contrast="none">a) tener una media de más de 1 000 empleados y un volumen de negocios mundial neto superior a 450 000 000 EUR en el último ejercicio respecto del que se hayan aprobado o hubieran debido aprobarse estados financieros anuales;</span></i></b></li>
<li><b><i><span data-contrast="none">b) aun no habiendo alcanzado los umbrales a que se refiere la letra a), ser la empresa matriz última de un grupo que haya alcanzado dichos umbrales en el último ejercicio para el que se hayan aprobado o hubieran debido aprobarse estados financieros anuales consolidados;</span></i></b></li>
<li><b><i><span data-contrast="none">c) haber celebrado, o ser la empresa matriz última de un grupo que haya celebrado, acuerdos de franquicia o de licencia en la Unión a cambio de cánones con empresas terceras independientes, cuando tales acuerdos supongan una identidad común, un concepto empresarial común y la aplicación de métodos empresariales uniformes y los correspondientes cánones hayan ascendido a más de 22 500 000 EUR en el último ejercicio para el que se hayan aprobado o hubieran debido aprobarse estados financieros anuales, y siempre que la empresa haya generado, o sea la empresa matriz última de un grupo que haya generado, un volumen de negocios mundial neto superior a 80 000 000 EUR en el último ejercicio para el que se hayan aprobado o hubieran debido aprobarse estados financieros anuales.</span></i></b></li>
</ol>
<p>La directiva, en concreto, se aplicará, <strong>a partir del 26 de julio de 2028</strong>, a empresas a empresas a las que se refiere el artículo 2, apartado 1, letras a) y b), que se hayan constituido de conformidad con la legislación de uno de los Estados miembros y que cumplan algunas de las condiciones siguientes:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li>Que tengan <b><span data-contrast="none">más de 3 000 empleados</span></b> de media.</li>
<li>Que hayan generado un <strong>volumen de negocios mundial neto superior a 900 000 000 EUR</strong> en el último ejercicio anterior al 26 de julio de 2028 para el que se hayan aprobado o se deberían haber aprobado estados financieros anuales, con excepción de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento al artículo 16, que los Estados miembros aplicarán a dichas empresas durante los ejercicios que comiencen <strong>a partir del 1 de enero de 2029</strong>.</li>
</ul>

		</div>
	</div></div><div class="grve-section grve-row-section grve-fullwidth-background grve-padding-top-1x grve-padding-bottom-1x grve-bg-none"><div class="grve-container"><div class="grve-row grve-bookmark grve-columns-gap-30"></div></div><div class="grve-background-wrapper"></div></div>

<table id="tablepress-6" class="tablepress tablepress-id-6">
<thead>
<tr class="row-1">
	<th class="column-1">Nº Trabajadores</th><th class="column-2">Volumen de negocios neto mundial</th><th class="column-3">Plazo para aplicación de la Directiva</th><th class="column-4">Fecha máxima</th>
</tr>
</thead>
<tbody class="row-striping row-hover">
<tr class="row-2">
	<td class="column-1">> 5.000</td><td class="column-2">>1.500 millones de euros</td><td class="column-3">3 años</td><td class="column-4">26/07/2027</td>
</tr>
<tr class="row-3">
	<td class="column-1">> 3.000</td><td class="column-2">> 900 millones de euros</td><td class="column-3">4 años</td><td class="column-4">26/07/2028</td>
</tr>
<tr class="row-4">
	<td class="column-1">> 1.000</td><td class="column-2">> 450 millones de euros</td><td class="column-3">5 años</td><td class="column-4">26/07/2029</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<!-- #tablepress-6 from cache -->
<h3>Empresas constituidas en un tercer país</h3>
<p>Ámbito de aplicación</p>
<p>2. También se aplicará también a las empresas que se hayan constituido de conformidad con la legislación de un tercer país y que cumplan alguna de las condiciones siguientes:</p>
<p>a) haber generado un volumen de negocios neto superior a 450 000 000 millones EUR en la Unión en el ejercicio financiero precedente al último ejercicio financiero;</p>
<p>b) aun no habiendo alcanzado los umbrales fijados en la letra a), ser la empresa matriz última de un grupo que, en base consolidada, haya alcanzado dichos umbrales en el ejercicio anterior al último ejercicio financiero;</p>
<p>c) haber celebrado, o ser la empresa matriz última de un grupo que haya celebrado, acuerdos de franquicia o de licencia en la Unión a cambio de cánones con empresas terceras independientes, cuando tales acuerdos supongan una identidad común, un concepto empresarial común y la aplicación de métodos empresariales uniformes, y dichos cánones hubieran ascendido a más de 22 500 000 EUR en la Unión en el ejercicio anterior al último ejercicio financiero, y siempre que la empresa haya generado, o sea la empresa matriz última de un grupo que haya generado, un volumen de negocios neto superior a 80 000 000 EUR en la Unión en el ejercicio anterior al último ejercicio financiero.</p>
<p>La directiva se aplicará, a partir del 26 de julio de 2028, pero existen unos plazos en función de las condiciones siguientes:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ol>
<li>Que hayan generado un volumen de negocios neto superior a 900 000 000 EUR en la Unión en el ejercicio anterior al último ejercicio anterior al 26 de julio de 2028, con excepción de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento al artículo 16, que los Estados miembros aplicarán a dichas empresas durante los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2029.</li>
</ol>

		</div>
	</div></div><div class="grve-section grve-row-section grve-fullwidth-background grve-padding-top-1x grve-padding-bottom-1x grve-bg-none"><div class="grve-container"><div class="grve-row grve-bookmark grve-columns-gap-30"></div></div><div class="grve-background-wrapper"></div></div>
<h2>El resto de empresas</h2>
<p>La directiva se aplicará a partir del 26 de julio de 2029 en lo que respecta a todas las demás empresas a que se refieren el artículo 2, apartado 1, letras a) y b), y el artículo 2, apartado 2, letras a) y b), y las empresas a que se refieren el artículo 2, apartado 1, letra c), y el artículo 2, apartado 2, letra c), con excepción de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento al artículo 16, que los Estados miembros aplicarán a dichas empresas durante los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2030.</p>
<p><strong>TABLA RESUMEN</strong></p>

<table id="tablepress-31" class="tablepress tablepress-id-31">
<thead>
<tr class="row-1">
	<th class="column-1">Constitución empresa</th><th class="column-2">Fecha de aplicación</th>
</tr>
</thead>
<tbody class="row-striping row-hover">
<tr class="row-2">
	<td class="column-1">Empresas UE del el artículo 2, apartado 1, letras a) y b) que superen los 900 millones de euros y los 3.000 empleados.</td><td class="column-2">26 de julio de 2028, con excepción de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento al artículo 16, que los Estados miembros aplicarán a dichas empresas durante los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2029.</td>
</tr>
<tr class="row-3">
	<td class="column-1">Empresas constituidas en tercer país del artículo 2, apartado 2, letras a) y b)  con volumen de negocios neto superior a 900 millones de euros.</td><td class="column-2">26 de julio de 2028, con excepción de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento al artículo 16, que los Estados miembros aplicarán a dichas empresas durante los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2029. </td>
</tr>
<tr class="row-4">
	<td class="column-1">Todas las demás empresas a que se refieren el artículo 2, apartado 1, letras a) y b), y el artículo 2, apartado 2, letras a) y b), y las empresas a que se refieren el artículo 2, apartado 1, letra c), y el artículo 2, apartado 2, letra c). </td><td class="column-2">26 de julio de 2029, con excepción de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento al artículo 16, que los Estados miembros aplicarán a dichas empresas durante los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2030. </td>
</tr>
</tbody>
</table>
<!-- #tablepress-31 from cache -->
<h2><strong>Obligaciones de las Empresas</strong></h2>
<p>Para cumplir con las obligaciones de diligencia debida, las empresas deben adoptar <strong>medidas adecuadas</strong> que les permitan detectar, prevenir, eliminar, minimizar y reparar los efectos adversos relacionados con derechos humanos y medio ambiente. Estas medidas deben ser proporcionales al nivel de gravedad y probabilidad del efecto adverso, y razonablemente alcanzables según las circunstancias del caso concreto. La naturaleza y el alcance del efecto adverso son elementos críticos que las empresas deben considerar al implementar estas medidas. También deben tener en cuenta los factores de riesgo pertinentes.</p>
<p>Las empresas también están obligadas a mantener una <strong>colaboración constructiva con las partes interesadas</strong> a lo largo de todo el proceso de diligencia debida. Esta colaboración no solo fomenta un diálogo abierto y transparente. También permite a las empresas obtener información crucial sobre los riesgos y los impactos potenciales de sus operaciones. Si bien se espera que las empresas hagan esfuerzos razonables para obtener información necesaria, como aquella que podría considerarse secreto comercial, deben ser conscientes de que existen circunstancias donde la obtención de información puede ser difícil. Si un socio comercial se niega a facilitar información y no hay fundamentos jurídicos para obligarlo, las empresas no serán responsables por la falta de información. Sin embargo, deben ser capaces de explicar por qué no pudieron obtenerla. Además, deben tomar medidas razonables para adquirirla lo antes posible.</p>
<h3><strong>Afectación a Grandes Empresas</strong></h3>
<p>La <a href="https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024L1760">Directiva sobre Dilegencia Debida en Sostenibilidad Corporativa (CSDDD)</a> tendrá un impacto notable en las grandes empresas. Éstas deben adaptarse a un marco normativo más riguroso en relación con sus prácticas operativas y de sostenibilidad. Estas empresas, debido a su tamaño y complejidad, suelen estar involucradas en cadenas de suministro extensas y diversas. Esto las hace más susceptibles a riesgos relacionados con derechos humanos y medio ambiente.</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<h3 style="padding-left: 40px;">Desafíos de Implementación</h3>
<p style="padding-left: 40px;">Las grandes corporaciones enfrentan desafíos significativos al implementar las obligaciones de la CSDDD. La necesidad de realizar auditorías exhaustivas y evaluaciones de riesgos en múltiples niveles de su cadena de suministro requiere un esfuerzo considerable en términos de recursos y tiempo. Además, deben establecer procesos eficientes para recopilar y analizar datos cuantitativos y cualitativos que respalden sus evaluaciones de impacto. Esto puede incluir la integración de tecnologías avanzadas y la formación de personal especializado.</p>
<h3 style="padding-left: 40px;">Responsabilidad y Transparencia</h3>
<p style="padding-left: 40px;">Las grandes empresas también están bajo una mayor presión por parte de los inversores y la sociedad para demostrar su compromiso con la sostenibilidad y la responsabilidad social. La CSDDD exige que estas empresas no solo identifiquen y mitiguen los efectos adversos, sino que también informen públicamente sobre sus acciones y resultados. Esto puede mejorar su reputación, pero también implica un riesgo reputacional significativo si no se cumplen estas expectativas.</p>
<h3 style="padding-left: 40px;">Oportunidades de Liderazgo</h3>
<p style="padding-left: 40px;">A pesar de los desafíos, la implementación de la CSDDD ofrece a las grandes empresas la oportunidad de liderar en sostenibilidad. Estas empresas pueden diferenciarse en el mercado adoptando prácticas proactivas en la gestión de riesgos. Así, pueden atraer a consumidores e inversores que valoran la responsabilidad social y ambiental. Asimismo, al establecer estándares internos robustos, pueden influir positivamente en sus cadenas de suministro, promoviendo mejores prácticas en toda la industria.</p>

		</div>
	</div></div><div class="grve-section grve-row-section grve-fullwidth-background grve-padding-top-1x grve-padding-bottom-1x grve-bg-none"><div class="grve-container"><div class="grve-row grve-bookmark grve-columns-gap-30"></div></div><div class="grve-background-wrapper"></div></div>
<h2><strong>Cómo Mantenerse Actualizado: EcoGestor Legislación</strong></h2>
<p>Para las empresas que buscan cumplir con las nuevas obligaciones y mantenerse al tanto de los cambios normativos, <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/ecogestor-legislacion/"><strong>EcoGestor Legislación</strong></a> es una herramienta valiosa. Este servicio ofrece actualizaciones diarias sobre la normativa vigente, enviando información relevante directamente al correo electrónico de sus usuarios. EcoGestor resume las obligaciones legales, permitiendo a las empresas comprender fácilmente los requisitos que deben cumplir. Además, el servicio cuenta con el apoyo de consultores especializados que ofrecen orientación sobre cómo implementar adecuadamente estas obligaciones en el contexto de cada empresa. Mantenerse informado a través de EcoGestor no solo facilita el cumplimiento normativo, sino que también promueve una cultura empresarial más consciente y responsable.</p>
<p><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/ecogestor-legislacion/#demolegislacion" target="_blank" rel="noopener"><img decoding="async" class="wp-image-48932 size-full" src="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion.jpg" alt="ecogestor legislación" width="825" height="213" srcset="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion.jpg 825w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion-300x77.jpg 300w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion-150x39.jpg 150w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion-768x198.jpg 768w" sizes="(max-width: 825px) 100vw, 825px" /></a></p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/directiva-diligencia-sostenibilidad-corporativa/">Directiva sobre diligencia debida en sostenibilidad corporativa CSDDD</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo: ¿Qué cambia y cómo afecta a tu empresa?</title>
		<link>https://www.eurofins-environment.es/es/real-decreto-obligaciones-huella-carbono/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Ana Vazquez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Jan 2026 07:23:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía circular]]></category>
		<category><![CDATA[Medio ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[Sostenibilidad]]></category>
		<category><![CDATA[huella de carbono]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.eurofins-environment.es/es/?p=58430</guid>

					<description><![CDATA[<p>Cumple con el Real Decreto 214/2025: conoce las nuevas obligaciones para calcular, publicar y reducir la huella de carbono en empresas y sector público desde 2025.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/real-decreto-obligaciones-huella-carbono/">Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo: ¿Qué cambia y cómo afecta a tu empresa?</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><span class="TextRun SCXW216251038 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW216251038 BCX8">El </span></span><strong><span class="TextRun SCXW216251038 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW216251038 BCX8">Real Decreto 214/2025</span></span></strong><span class="TextRun SCXW216251038 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW216251038 BCX8">, publicado el 18 de marzo y en vigor desde el 18 de mayo de 2025, introduce </span></span><strong><span class="TextRun SCXW216251038 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW216251038 BCX8">obligaciones para calcular, publicar y reducir la Huella de Carbono</span></span></strong><span class="TextRun SCXW216251038 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW216251038 BCX8"> en España. Sustituye al anterior RD 163/2014 </span><span class="NormalTextRun SCXW216251038 BCX8">que creaba</span><span class="NormalTextRun SCXW216251038 BCX8"> el </span></span><strong><span class="TextRun SCXW216251038 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW216251038 BCX8">Registro Estatal de Huella de Carbono, Compensación y Proyectos de Absorción de CO₂</span></span><span class="TextRun SCXW216251038 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW216251038 BCX8">.</span></span><span class="EOP SCXW216251038 BCX8" data-ccp-props="{}"> </span></strong></p>
<h2><span class="TextRun SCXW215221494 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW215221494 BCX8">¿Quiénes están obligados?</span></span><span class="EOP SCXW215221494 BCX8" data-ccp-props="{}"> </span></h2>

<table id="tablepress-30" class="tablepress tablepress-id-30">
<thead>
<tr class="row-1">
	<th class="column-1">Tipo de entidad</th><th class="column-2">Obligación</th>
</tr>
</thead>
<tbody class="row-striping row-hover">
<tr class="row-2">
	<td class="column-1">Empresas grandes (Ley 11/2018) </td><td class="column-2">Calcular y publicar huella + plan de reducción</td>
</tr>
<tr class="row-3">
	<td class="column-1">Sector público estatal </td><td class="column-2">Calcular, publicar y registrar huella desde 2026</td>
</tr>
<tr class="row-4">
	<td class="column-1">Eventos > 1.500 asistentes</td><td class="column-2">Calcular huella de evento y plan de reducción</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<!-- #tablepress-30 from cache -->
<h2>¿Cúando empieza la obligación?</h2>
<p><strong>Entrada en vigor:</strong> 18 de mayo de 2025.</p>
<p><strong>Primer cálculo obligatorio:</strong> 2026, con datos del año 2025.</p>
<p><strong>Chacklist de obligaciones:</strong></p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li><strong>Recopilar datos de emisiones GEI</strong> (Del año anterior, para 2026 sería de 2025)</li>
<li><strong>Calcular Huella de Carbono</strong> (Alcances 1 y 2)</li>
<li><strong>Elaborar Plan de Reducción</strong> a 5 años vista como mínimo</li>
<li><strong>Obligatorio</strong> (solo para sector público estatal): <strong>Publicar huella y plan en la web.</strong></li>
<li><strong>Verificación externa </strong>(según requisitos)</li>
<li><strong>Obligatorio</strong> (sólo sector público estatal): <strong>Registro y compensación</strong></li>
</ul>

		</div>
	</div></div>
<h2>Entrada en vigor Registro Huella Carbono y ámbito de aplicación</h2>
<p>El RD 214/2025 entró en vigor el día 18/05/2025 y en él se recogen las siguientes novedades respecto al anterior decreto vigente:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li>Establece la obligación del <span class="TextRun SCXW55288597 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW55288597 BCX8">cálculo anual de la <strong>Huella de Carbono de Organización</strong> mediante el uso de los factores de emisión publicados por el ministerio, elaboración de un <strong>Plan de reducción de emisiones de GEI</strong> y publicación de los datos para las siguientes empresas e instituciones: </span></span>
<ul>
<li><span class="TextRun SCXW113584863 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW113584863 BCX8">Empresas afectadas por el artículo 49.5 del Código de Comercio y el artículo 262.5 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.</span></span></li>
<li><span class="TextRun SCXW198905122 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW198905122 BCX8">Departamentos ministeriales de la Admón. Gral. del Estado, sus organismos autónomos, entidades gestoras y los servicios comunes de la seguridad social, así como otras entidades del sector público administrativo estatal.</span></span><span class="EOP SCXW198905122 BCX8" data-ccp-props="{}"> </span></li>
</ul>
</li>
</ul>

		</div>
	</div></div>
<p><span class="TextRun SCXW224815716 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW224815716 BCX8">También deberán inscribir su huella y plan de reducción desde 2026 </span><span class="NormalTextRun SCXW224815716 BCX8">(huella del año 2025)</span><span class="NormalTextRun SCXW224815716 BCX8"> </span><span class="NormalTextRun SCXW224815716 BCX8">e incluir el Alcance 3 a partir del cálculo de 2028.</span></span><span class="EOP TrackedChange SCXW224815716 BCX8" data-ccp-props="{}"> </span></p>
<p><span class="TextRun SCXW95041178 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW95041178 BCX8">El cálculo e inscripción del Alcance 3 seguirá siendo voluntario para las HCO, si bien para la Huella de Carbono de Evento será necesario inscribir tanto las emisiones directas como indirectas. </span></span><span class="EOP SCXW95041178 BCX8" data-ccp-props="{}"> </span></p>
<p><span class="TextRun SCXW187111110 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW187111110 BCX8">En la sección de huella de carbono y de compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero se podrán registrar tanto las HCO como las huellas de carbono de evento y sus actuaciones de reducción.</span></span></p>
<p><span class="TextRun SCXW151804467 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW151804467 BCX8">Para las HCO se deberán incluir, como mínimo, las emisiones de GEI directas (Alcance 1) y las indirectas asociadas a generación de electricidad y energía (Alcance 2), pudiendo excluirse las fuentes de emisión no significativas cuando el total de las exclusiones no supere el 5% del total de emisiones de los alcances 1 y 2. </span></span><span class="EOP SCXW151804467 BCX8" data-ccp-props="{}"> </span></p>
<h2><span class="TextRun SCXW85250414 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW85250414 BCX8">Tipos de huella de carbono registrados y requisitos mínimos</span></span><span class="EOP SCXW85250414 BCX8" data-ccp-props="{}"> </span></h2>
<p><span class="TextRun SCXW78961608 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW78961608 BCX8">Las HCO deberán ser verificadas por entidad externa acreditada según lo recogido en el artículo 6.6 del RD 214/2025 en los siguientes casos: </span></span><span class="EOP SCXW78961608 BCX8" data-ccp-props="{}"> </span></p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li><span class="TextRun SCXW246250720 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW246250720 BCX8"><strong>Huellas de Alcance 1 y 2:</strong> </span></span><span class="TextRun SCXW246250720 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW246250720 BCX8">Salvo cuando las emisiones significativas incluidas en el cálculo cuenten con factores de emisión publicados por la Oficina Española de Cambio Climático y dicha huella corresponda a una pyme, asociación, fundación, cooperativa o administración pública.</span></span><span class="EOP SCXW246250720 BCX8" data-ccp-props="{}"> </span></li>
</ul>
<p style="padding-left: 40px;"><span class="TextRun SCXW73062502 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW73062502 BCX8">En base a lo establecido en el RD 214/2025 se define PYME como aquella empresa que no rebase los límites numéricos de por lo menos 2 de los 3 criterios siguientes: </span></span><span class="EOP SCXW73062502 BCX8" data-ccp-props="{&quot;335559685&quot;:672}"> </span></p>
<ol>
<li>Número medio de empleados durante el ejercicio: 250</li>
<li>Volumen de negocios neto: 40.000.000 €</li>
<li>Total de balance a fecha de cierre: 20.000.000 €</li>
</ol>
<ul>
<li><span class="TextRun SCXW212517243 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW212517243 BCX8"><strong>Huellas que incluyan el Alcance 3:</strong> </span></span><span class="TextRun SCXW212517243 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW212517243 BCX8">Salvo cuando corresponda a la huella de una pequeña empresa, microempresa o administración pública y la Oficina Española de Cambio Climático haya publicado los factores de emisión necesarios para calcularlo.</span></span></li>
</ul>

		</div>
	</div></div>
<p><span data-contrast="auto">De la misma forma, el RD 214/2025 tiene como objetivo principal impulsar la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), mejorando la trazabilidad y transparencia a través del nuevo registro estatal. También busca aumentar las absorciones de carbono y facilitar el cumplimiento de los compromisos climáticos.</span><span data-ccp-props="{}"> </span></p>
<p><span data-contrast="auto">Con esta medida, España avanza en el cumplimiento de los objetivos climáticos y fortalece su compromiso con la sostenibilidad. </span><span data-ccp-props="{}"> </span></p>
<h2><span class="TextRun SCXW126069464 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW126069464 BCX8">¿Necesitas ayuda para cumplir con el RD 214/2025?</span></span><span class="EOP SCXW126069464 BCX8" data-ccp-props="{}"> </span></h2>
<div class="grve-element grve-text grve-animated-item grve-fade-in-right grve-duration-normal grve-animated" data-delay="200">
<div class="grve-element grve-text grve-animated-item grve-fade-in-right grve-duration-normal grve-animated" data-delay="200">
<div class="grve-element grve-text grve-animated-item grve-fade-in-right grve-duration-normal grve-animated" data-delay="200">
<div data-delay="200"><span class="TextRun SCXW1677743 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW1677743 BCX8">Desde el área de Consultoría de </span></span><span class="TextRun SCXW1677743 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><strong><span class="NormalTextRun SpellingErrorV2Themed SCXW1677743 BCX8">Eurofins</span></strong><span class="NormalTextRun SCXW1677743 BCX8"><strong> Control Ambiental,</strong> </span></span><span class="TextRun SCXW1677743 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW1677743 BCX8">te ayudamos a realizar el Cálculo de la Huella de Carbono de Organización o de Evento para cumplir con los nuevos requisitos ambientales del Real Decreto 214/2025 así como para mejorar el impacto e imagen medioambiental de tu organización. </span></span><span class="EOP SCXW1677743 BCX8" data-ccp-props="{}"> </span></div>
</div>
</div>
</div>
<div class="grve-element grve-text grve-animated-item grve-fade-in-right grve-duration-normal grve-animated" data-delay="200">
<div class="grve-element grve-text grve-animated-item grve-fade-in-right grve-duration-normal grve-animated" data-delay="200">
<div data-delay="200">
<p>Puedes consultar nuestros servicios <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/huella-de-carbono/">aquí.</a></p>
<p><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/huella-de-carbono/#contactohuellacarbono"><img decoding="async" class="alignnone size-large wp-image-55011" src="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-1024x256.jpg" alt="huella de carbono" width="1024" height="256" srcset="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-1024x256.jpg 1024w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-300x75.jpg 300w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-150x38.jpg 150w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-768x192.jpg 768w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-1536x384.jpg 1536w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-1920x480.jpg 1920w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a></p>
</div>
</div>
</div>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/real-decreto-obligaciones-huella-carbono/">Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo: ¿Qué cambia y cómo afecta a tu empresa?</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Nueva Orden TED/1393/2025: ¿Cuándo un vertedero clausurado deja de ser un riesgo ambiental?</title>
		<link>https://www.eurofins-environment.es/es/orden-ted-vertedero-clausurado-riesgo-ambiental/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Ana Vazquez]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 19 Dec 2025 12:24:05 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Medio ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[Residuos]]></category>
		<category><![CDATA[vertederos]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.eurofins-environment.es/es/?p=58388</guid>

					<description><![CDATA[<p>El pasado 2 de diciembre se publicó la Orden TED/1393/2025, que marca un antes y un después en la gestión de vertederos clausurados en España.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/orden-ted-vertedero-clausurado-riesgo-ambiental/">Nueva Orden TED/1393/2025: ¿Cuándo un vertedero clausurado deja de ser un riesgo ambiental?</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El pasado 2 de diciembre se publicó la <strong>Orden TED/1393/2025</strong>, que marca un antes y un después en la gestión de <strong>vertederos clausurados</strong> en España. Esta norma establece la <strong>Instrucción Técnica Complementaria</strong> que define las condiciones para considerar que un vertedero cerrado <strong>ya no supone un riesgo significativo para el medio ambiente</strong>.</p>
<h2>¿Por qué es necesaria esta orden?</h2>
<p>Hasta ahora, el <strong>Real Decreto 646/2020</strong> regulaba la eliminación de residuos en vertedero y establecía un periodo mínimo de <strong>30 años de vigilancia postclausura</strong>. Durante este tiempo, el explotador debe garantizar que el vertedero no afecta al entorno, controlando:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li><strong>Impermeabilización y drenaje</strong> para evitar acumulación de lixiviados.</li>
<li><strong>Protección de aguas subterráneas</strong> frente a contaminación.</li>
<li><strong>Generación y composición de gases</strong> (metano, CO₂, etc.).</li>
<li><strong>Estabilidad mecánica</strong> de la masa de residuos.</li>
</ul>

		</div>
	</div></div>
<p>Sin embargo, la normativa no definía <strong>criterios claros</strong> <strong>para poner fin a esta vigilancia</strong>. La nueva orden cubre ese vacío.</p>
<h2>¿Qué establece la Orden TED vertedero clausurado?</h2>
<p>Los criterios definidos en la <a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-24842">Orden TED/1393/2025</a>, basados en la información obtenida durante décadas de programas de vigilancia postclausura, aplican análisis estadísticos sobre variables ambientales y permiten evaluar si el vertedero<strong> ya no supone un riesgo ambiental</strong>.</p>
<p>Los puntos clave son:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li><strong>Cumplimiento integral de los cuatro aspectos críticos</strong>: acumulación de lixiviados, afección a aguas subterráneas, generación y composición de gases (con especial atención al metano y ácido sulfhídrico) y estabilidad geomecánica de la masa de residuos.</li>
<li>Si se cumplen, la autoridad ambiental puede eximir al explotador de seguir vigilando.</li>
<li>Si no se cumplen, se podrá <strong>prorrogar la vigilancia cinco años más</strong> y exigir medidas correctoras.</li>
</ul>

		</div>
	</div></div>
<p>Además, la orden permitirá aplicar estos criterios <strong>en cualquier momento del ciclo de vida del vertedero</strong>, incluso en clausuras anteriores a 2001.</p>
<h2><span class="TextRun SCXW44274553 BCX8" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="auto"><span class="NormalTextRun SCXW44274553 BCX8">Prórroga del programa de vigilancia </span><span class="NormalTextRun SpellingErrorV2Themed SCXW44274553 BCX8">postclausura</span><span class="NormalTextRun SCXW44274553 BCX8"> y su finalidad</span></span></h2>
<p>Cuando un vertedero clausurado no cumpla alguno de los criterios establecidos, la autoridad ambiental podrá prorrogar el programa de vigilancia postclausura durante cinco años para obtener información adicional o verificar la eficacia de medidas correctoras. Durante esta prórroga los controles se focalizarán en el seguimiento de las variables incumplidas, pudiéndose solicitar la ampliación de parámetros, puntos de control y frecuencias de muestreo.</p>
<p>Si, tras la prórroga, persisten los incumplimientos, el titular deberá realizar un análisis de riesgos específico.</p>
<p>De acuerdo con la Instrucción Técnica, los costes de estas actuaciones se cubrirán con las garantías financieras previstas en el Real Decreto 646/2020, y, en su defecto, serán asumidos por los titulares del vertedero o los propietarios del terreno, sin perjuicio de la ejecución subsidiaria por parte de la autoridad competente.</p>
<div class="grve-element grve-text grve-animated-item grve-fade-in-right grve-duration-normal grve-animated" data-delay="200">
<div class="grve-element grve-text grve-animated-item grve-fade-in-right grve-duration-normal grve-animated" data-delay="200">
<div class="grve-element grve-text grve-animated-item grve-fade-in-right grve-duration-normal grve-animated" data-delay="200">
<h2 class="grve-element grve-text grve-animated-item grve-fade-in-right grve-duration-normal grve-animated" data-delay="200">¿Cómo ayuda Eurofins en este proceso?</h2>
<div data-delay="200"></div>
<div data-delay="200">En <strong>Eurofins Environment Testing Spain</strong> acompañamos a los diferentes actores (operadores, entidades de inspección y administraciones) durante todo el proceso de vigilancia ambiental, incluyendo la clausura y postclausura, de un vertedero, realizando:</div>
<div data-delay="200"></div>
</div>
</div>
</div>
<div data-delay="200"><div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			</div>
<div class="grve-element grve-text grve-animated-item grve-fade-in-right grve-duration-normal grve-animated" data-delay="200">
<div class="grve-element grve-text grve-animated-item grve-fade-in-right grve-duration-normal grve-animated" data-delay="200">
<div data-delay="200">
<ul>
<li><strong>Toma de muestras y análisis de lixiviados y aguas subterráneas .</strong></li>
<li><strong>Control de gases y emisiones.</strong></li>
<li><strong>Ensayos de estabilidad mecánica para asegurar la integridad del vertedero.</strong></li>
<li><strong>Caracterización de residuos.</strong></li>
</ul>

		</div>
	</div></div>
<p>Puedes consultar nuestros servicios completos para vertederos <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/control-de-vertederos/">aquí</a>.</p>
<p><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/control-de-vertederos/#contactovertederos"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone size-large wp-image-54948" src="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/VERTEDEROS-1024x256.jpg" alt="VERTEDEROS" width="1024" height="256" srcset="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/VERTEDEROS-1024x256.jpg 1024w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/VERTEDEROS-300x75.jpg 300w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/VERTEDEROS-150x38.jpg 150w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/VERTEDEROS-768x192.jpg 768w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/VERTEDEROS-1536x384.jpg 1536w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/VERTEDEROS-1920x480.jpg 1920w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a></p>
</div>
</div>
</div>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/orden-ted-vertedero-clausurado-riesgo-ambiental/">Nueva Orden TED/1393/2025: ¿Cuándo un vertedero clausurado deja de ser un riesgo ambiental?</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Unifica toda la legislación de ISO 14001, EMAS, ISO 45001, ISO 50001, ISO 22001, ISO 27001 y UNE 171330</title>
		<link>https://www.eurofins-environment.es/es/unifica-legislacion-iso-14001-emas-iso-45001-iso-50001-iso-22001-iso-27001-une-171330/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Prisma]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 04 Sep 2025 10:40:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Legislación ambiental]]></category>
		<category><![CDATA[Medio ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[legislación ambiental]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.eurofins-environment.es/unifica-toda-la-legislacion-de-iso-14001-emas-ohsas-18001-iso-50001-iso-22000-iso-27001-y-une-171330/</guid>

					<description><![CDATA[<p>Toda la legislación necesaria para los sistemas de: medio ambiente, prevención de riesgos laborales, gestión energética, seguridad alimentaria, seguridad de la información y calidad de los ambientes interiores.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/unifica-legislacion-iso-14001-emas-iso-45001-iso-50001-iso-22001-iso-27001-une-171330/">Unifica toda la legislación de ISO 14001, EMAS, ISO 45001, ISO 50001, ISO 22001, ISO 27001 y UNE 171330</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div class="row clearfix">
<div class="column full">
<div class="edit">
<h2>EcoGestor unifica toda la legislación de medio ambiente y riesgos laborales</h2>
<p>Nuestro servicio EcoGestor avanza para facilitar el trabajo a las organizaciones agrupando en la misma plataforma toda la legislación necesaria para los sistemas de: medio ambiente, prevención de riesgos laborales, gestión energética, seguridad alimentaria, seguridad de la información y calidad de los ambientes interiores.</p>
<p>Los sistemas de gestión certificables dan un mayor valor añadido a las empresas y éstas cada vez se deciden más por implementar, no sólo uno, sino combinarlo con los más interesantes para su organización.</p>
<p>En prácticamente todos los sistemas, un aspecto común es la obligatoriedad de cumplir con la legislación relacionada con la temática del sistema, siendo un requisito indispensable para pasar con éxito el proceso de certificación.</p>
<h2>EcoGestor: soporte experto para certificaciones</h2>
<p>Para estos casos, resulta imprescindible un buen soporte que actualice e identifique la normativa de aplicación en cada caso. <a href="https://www.ecogestor.com/">EcoGestor</a>, consciente de esta problemática, integra en un solo servicio la legislación para las siguientes certificaciones:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li><strong>UNE-EN ISO 14001:2015</strong> &#8211; Sistemas de gestión ambiental. Requisitos con orientación para su uso.</li>
<li><strong>EMAS</strong> &#8211; Reglamento Comunitario de Ecogestión y Ecoauditoría.</li>
<li><strong>UNE-EN ISO 45.001:2018</strong> &#8211; Sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.</li>
<li><strong>UNE-EN ISO 50001:2018</strong> &#8211; Sistemas de gestión de la energía. Requisitos con orientación para su uso.</li>
<li><strong>UNE-EN ISO 22001:2018</strong> &#8211; Sistemas de gestión de la inocuidad de los alimentos. Requisitos para cualquier organización en la cadena alimentaria.</li>
<li><strong>UNE-EN ISO/IEC 27001:2022:</strong> Tecnología de la información. Técnicas de seguridad. Sistemas de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI).</li>
<li><strong>UNE 171330:2024</strong> &#8211; Calidad ambiental en interiores. Parte 3: Sistema de gestión de los ambientes interiores.</li>
</ul>

		</div>
	</div></div>
<h2>¿Qué incluye el servicio EcoGestor?</h2>
<div>
<p>Para todas las certificaciones, el servicio se compone de:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li>Identificación personalizada de las <strong>OBLIGACIONES</strong> (requisitos legales) realizada por <strong>CONSULTORES EXPERTOS</strong> en la materia. El servicio permite además incorporar a la base de datos las normas específicas o voluntarias, así como las <strong>OBLIGACIONES DE GESTIÓN</strong> propias a la organización.</li>
<li>Envío periódico de <strong>INFORMES DE APLICACIÓN</strong>.</li>
<li>Permite realizar la <strong>VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO LEGAL</strong> de los requisitos legales de carácter general o específicos al cliente.</li>
<li><strong>AGENDA</strong> para facilitar la gestión de las obligaciones. Todo el servicio se completa con un <strong>SISTEMA DE AVISO</strong> al e-mail.</li>
<li><strong>ATENCIÓN AL CLIENTE</strong> realizado por <strong>CONSULTORES EXPERTOS</strong> para la resolución de: <strong>CONSULTAS TÉCNICAS</strong> relacionadas con la legislación y <strong>MANTENIMIENTO DE LA APLICACIÓN</strong>.</li>
</ul>

		</div>
	</div></div>
<p>Si le interesa ampliar alguna de las certificaciones, no dude en contactar con su consultor particular o bien a través nuestro formulario de <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/contacto/">contacto</a> y le asesoraremos sobre las opciones más convenientes para su organización.</p>
<p><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/ecogestor-legislacion/#demolegislacion"><img loading="lazy" decoding="async" class="wp-image-48932 size-full" src="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion.jpg" alt="ecogestor legislación" width="825" height="213" srcset="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion.jpg 825w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion-300x77.jpg 300w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion-150x39.jpg 150w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion-768x198.jpg 768w" sizes="auto, (max-width: 825px) 100vw, 825px" /></a></p>
</div>
</div>
</div>
</div>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/unifica-legislacion-iso-14001-emas-iso-45001-iso-50001-iso-22001-iso-27001-une-171330/">Unifica toda la legislación de ISO 14001, EMAS, ISO 45001, ISO 50001, ISO 22001, ISO 27001 y UNE 171330</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>¿Qué es la norma UNE EN ISO 14064? Mide la huella de tu organización</title>
		<link>https://www.eurofins-environment.es/es/iso-14064/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Prisma]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 20 Aug 2025 04:17:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía circular]]></category>
		<category><![CDATA[Medio ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[Sostenibilidad]]></category>
		<category><![CDATA[huella de carbono]]></category>
		<category><![CDATA[iso-14064-huella de carbono de organización]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.eurofins-environment.es/iso-14064/</guid>

					<description><![CDATA[<p>Desde diciembre de 2021 y tras un periodo de adaptación de 3 años, la norma <strong>UNE EN ISO 14064 -1</strong>, en su versión del año 2012, ha quedado anulada por la nueva norma <strong>UNE EN ISO 14064</strong> -1:2019, siendo la versión del 2019 la única vigente desde enero de 2022. </p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/iso-14064/">¿Qué es la norma UNE EN ISO 14064? Mide la huella de tu organización</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Desde diciembre de 2021 y tras un periodo de adaptación de 3 años, la norma <strong>UNE EN ISO 14064 -1</strong>, en su versión del año 2012, fue anulada por la nueva norma <strong>UNE EN ISO 14064</strong> -1:2019, siendo la versión del 2019 la única vigente desde enero de 2022. Esto implica, por tanto, que las empresas verificadoras realizan las labores de verificación del cálculo de Huella de Carbono únicamente sobre la norma de <strong>UNE EN ISO 14064 </strong>-1:2019 desde enero de 2022.</p>
<p>En este artículo te contamos qué es la norma <strong>UNE EN ISO 14064</strong>, cómo se aplica para calcular la huella de una organización y cuáles son las principales diferencias de la nueva versión<strong> ISO 14064:2019</strong> respecto a la anterior del año 2012.</p>
<p>El cálculo de la Huella de Carbono de Organización es un indicador de impacto ambiental que permite conocer la totalidad de emisiones de GEI (Gases de Efecto Invernadero) implicadas en los flujos de actividad de una entidad sobre un periodo de un año con un resultado expresado en toneladas de CO2 equivalente.</p>
<h2>Qué es la Norma ISO 14064<strong><br />
</strong></h2>
<p>La norma <strong>ISO 14064</strong> es un estándar de carácter internacional que establece las bases para acreditar y garantizar los cálculos realizados para el reporte de los Gases de Efecto Invernadero (GEI) de las organizaciones. El desarrollo de la norma ISO 14064 en su primera versión se completó en el año 2006, gracias a los aportes de más de 175 expertos, de 45 países, siendo necesarios cuatro años para su completa elaboración, labor llevada a cabo por parte de la Organización Internacional de Normalización, quién organizó un comité técnico (ISO/TC 207, Gestión ambiental) para la preparación de esta norma.</p>
<p>La ISO 14064, nació con el principal objetivo de aportar veracidad, transparencia y credibilidad a los informes de emisión de gases de efecto invernadero de una organización. De tal modo que nos garantiza un marco estandarizado para la determinación de los inventarios de gases de efecto invernadero y ayuda a los gobiernos y las organizaciones a disponer de una herramienta objetiva y verificable para la cuantificación y notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero y cálculo de la huella de carbono.</p>
<p>La ISO 14064 no es certificable, pero sí verificable, lo que permite asegurar mediante una empresa acreditada e independiente que la declaración efectuada relativa a las emisiones de gases de efecto invernadero, a través del informe de emisiones elaborado, es completa, coherente y transparente.</p>
<p>A día de hoy, dentro del camino hacia una sociedad más sostenible y verde, el cálculo de huella de carbono de una organización basado en el estándar ISO 14064, es uno de los indicadores ambientales más interesantes e importantes para las organizaciones afectadas por emisiones de gases efecto invernadero, permitiendo identificar y mejorar sus impactos medioambientales.</p>
<h2>Estructura de la norma ISO 14064</h2>
<p>La Norma <strong>ISO 14064</strong> consta de tres partes:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ></div></div><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			
		</div>
<ul>
<li><em>Parte 1: Especificación con orientación, a nivel de las organizaciones, para la cuantificación y el informe de las emisiones y remociones de gases de efecto invernadero.</em></li>
<li><em>Parte 2: Especificación con orientación, a nivel de proyecto, para la cuantificación, el seguimiento y el informe de la reducción de emisiones o el aumento en las remociones de gases de efecto invernadero.</em></li>
<li><em>Parte 3: Especificación con orientación para la validación y verificación de declaraciones sobre gases de efecto invernadero.</em></li>
</ul>
<p>A nivel de cálculo de huella de carbono de organización, la parte de la Norma<strong> ISO 14064</strong> que detalla los principios y requisitos para el diseño, desarrollo y gestión de inventarios de Gases de Efecto Invernadero para organizaciones, y para la presentación de informes sobre estos inventarios es la <strong>parte 1</strong> al incluir:</p>
<ul>
<li>requisitos para determinar los límites de la emisión de GEI</li>
<li>requisitos para cuantificar las emisiones de GEI</li>
<li>identificar las acciones específicas de la compañía para mejorar la gestión de los GEI.</li>
<li>requisitos y orientaciones para la gestión de la calidad del inventario, el informe, la auditoría interna</li>
<li>responsabilidades de la organización en las actividades de verificación.</li>
</ul>
<h2>Estándar ISO 14064 -1: paso a paso</h2>
<p>De manera resumida la aplicación de la norma <strong>ISO 14064</strong> -1 se basa en los siguientes pasos. No obstante, si quieres tener más información al respecto, te recomendamos leer este artículo relativo a <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/como-calcular-la-huella-carbono/">cómo calcular la huella de carbono.</a></p>
<h3>Definición de límites</h3>
<p>Es necesario definir los límites que vamos a aplicar en el cálculo desde dos perspectivas:</p>
<ul>
<li>Límites <strong>organizacionales</strong></li>
<li>Límites <strong>operativos</strong></li>
</ul>
<p>En cuanto a los organizacionales, dado que las organizaciones pueden estar compuestas de una o más instalaciones se pueden establecer dos enfoques:</p>
<ul>
<li>Enfoque de <strong>control</strong>. Cuando la organización informa de las emisiones sobre las que tiene control operacional o financiero.</li>
<li>Enfoque de <strong>cuota de participación</strong>. Cuando se contabiliza como suyas el % de emisiones equivalentes al % de participación accionarial de la organización.</li>
</ul>
<p>En cuanto a los límites operativos, la norma <strong>ISO 14064</strong>, cataloga las emisiones directas en 5 categorías y las emisiones indirectas en 5 categorías que se dividen, a su vez, en 5 subcategorías:</p>
<table>
<thead>
<tr>
<td width="325"><strong>EMISIONES DIRECTAS</strong></td>
<td width="325"><strong>EMISIONES INDIRECTAS</strong></td>
</tr>
</thead>
<tbody>
<tr>
<td width="325">Por combustión estacionaria: cogeneraciones, calderas de gas y gasoil, etc.</td>
<td width="325">Mediante energía importada: por ejemplo, la electricidad.</td>
</tr>
<tr>
<td width="325">Por combustión móvil: flota de vehículos y transporte; etc.</td>
<td width="325">Por transporte de personas y bienes, para todos los tipos de transporte (carretera, ferrocarril, vía aérea y vía marítima).</td>
</tr>
<tr>
<td width="325">Emisiones y remociones directas de procesos industriales: producción de cemento, etc.</td>
<td width="325">Por productos utilizados por la organización: por ejemplo, las emisiones de GEI necesarias para producir las materias primas que emplea la compañía.</td>
</tr>
<tr>
<td width="325">Emisiones fugitivas directas por liberación de GEI en sistemas antropogénicos: gases refrigerantes, etc.</td>
<td width="325">Asociadas con el uso de los productos de la organización: por ejemplo, las emisiones de GEI debidas a la electricidad o los combustibles que consumen los productos que vendemos (un electrodoméstico, un vehículo, etc.), durante la fase de uso por los clientes.</td>
</tr>
<tr>
<td width="325">Emisiones y remociones directas causadas por el uso del suelo, los cambios de uso del suelo y la silvicultura.</td>
<td width="325">Por otras fuentes.</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<h2>Selección del año base</h2>
<p>Dado que el fin que se persigue con la <strong>UNE-ISO 14064</strong> -1 es analizar la evolución de las emisiones a lo largo de una serie temporal, es necesario establecer el primer año de dicha serie que se considerará como año base.</p>
<p>El año base puede ser, un año físico, o un promedio de un periodo más dilatado en el tiempo.</p>
<h2>Identificación de emisiones</h2>
<p>En esta etapa del cálculo según estándar <strong>ISO 14064</strong> -1 debemos identificar las fuentes generadoras de emisiones a considerar dentro del cálculo, tanto para las emisiones directas como indirectas.</p>
<h2>Cuantificación de las emisiones</h2>
<p>Tras la identificación, siguiendo el estándar <strong>ISO 14604</strong> -1 debemos pasar a la cuantificación de las emisiones. Para ello será necesario emplear una de las múltiples metodologías de cálculo existentes, si bien lo más habitual es emplear la siguiente fórmula:</p>
<p style="text-align: center;"> <em>Huella de carbono=Dato Actividad x Factor Emisión</em></p>
<p>Donde:</p>
<ul>
<li>El dato de <strong>actividad</strong>, es el parámetro que define el grado o nivel de la actividad generadora de las emisiones de GEI.</li>
<li>El factor de <strong>emisión</strong>: es la cantidad de GEI emitidos por cada unidad del parámetro «dato de actividad». Estos factores varían en función de la actividad que se trate.</li>
</ul>
<h2>Novedades de la nueva UNE EN ISO 14064 -1 del año 2019</h2>
<p>Esta nueva norma<strong> ISO 14064</strong>, publicada en octubre de 2019, introduce importantes cambios respecto a la antigua norma <strong>ISO 14064</strong> en su versión del año 2012. A continuación, se indican algunos de los más relevantes:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ></div></div><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			
		</div>
<ul>
<li>Se ha introducido un nuevo enfoque en cuanto a los límites de informe, haciendo necesario calcular todas las emisiones indirectas significativas, incluidas las del antiguo Alcance 3 de la versión de la norma <strong>ISO 14064</strong> de 2012. Debiendo establecer un mecanismo para identificarlas y justificarlo.</li>
<li>Se eliminan los conceptos de Alcances 1, 2 y 3 de la norma de 2012 y se introduce la catalogación de las emisiones directas en 5 categorías y las emisiones indirectas en 5 categorías que se dividen, a su vez, en 5 subcategorías.</li>
</ul>
<p>En este sentido, la nueva norma <strong>ISO 14064</strong> en la versión actual del 2019 también establece que se deberán identificar las emisiones indirectas que sean significativas y, éstas, deberán ser documentadas por separado por parte de la Organización, a nivel de instalación. En la práctica supone la cuantificación de todas las emisiones indirectas ya que para justificar su significatividad es necesario calcularlas.</p>
<h2>Organizaciones con cálculo de Huella de Carbono = Organizaciones más exigentes</h2>
<p>En conclusión, la nueva norma <strong>ISO 14064</strong> de 2019 conlleva que el Cálculo de Huella de Carbono de una Organización sea más exigente, al ser necesario disponer una metodología concreta que permita evaluar qué emisiones indirectas son significativas mediante el establecimiento de criterios generales para determinar y justificar su significancia; siendo una decisión importante ya que todas ellas deben evaluarse en sus inventarios.</p>
<p>Para realizar esta evaluación de significatividad, la organización deberá sopesar los criterios de magnitud estimada de las emisiones, contra la exactitud y coste de obtención de esos datos. Debiendo justificarse, en su caso, cualquier exclusión realizada en relación a las emisiones indirectas, anteriormente incluidas en el Alcance 3.</p>
<p>Asimismo, para evaluar la significatividad de las emisiones indirectas se deberán considerar los requisitos de calidad de los datos del inventario que marca la nueva norma <strong>UNE EN ISO 14064-1:2019</strong>.</p>
<h2>Confía en los mejores para el cálculo de huella de carbono</h2>
<p>Dado que muchas de las Organizaciones que se plantean realizar el cálculo de la huella de carbono, lo realizan de cara a realizar la inscripción de la misma en alguno de los registros habilitados para tal fin (estatal o autonómicos), desde <strong>Eurofins Control Ambiental</strong> se plantea realizar el cálculo en base al <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/ghg-protocol/">GHG Protocol</a> como alternativa a la norma <strong>UNE EN ISO 14064 -1:2019</strong> para las organizaciones que deseen inscribir su cálculo en el registro del MITERD o que desean realizar el cálculo con un objetivo a nivel interno, ya que esta norma permite el cálculo de la <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/huella-de-carbono/">Huella de Carbono</a> considerando la catalogación entre alcances 1, 2 y 3, tal y como permitía la norma de 2012.</p>
<p>Desde <strong>Eurofins Control Ambiental</strong> se plantea que únicamente para aquellas organizaciones que llevan varios años realizando el cálculo en base a la antigua norma de 2012, y cuenta con una experiencia en este tipo de cálculo, realicen el mismo en base a la norma de 2019.</p>
<p>Si ya has calculado tu huella te recomendamos leer este artículo sobre<strong><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/como-reducir-la-huella-de-carbono/"> consejos para reducir tu huella de carbono.</a></strong></p>
<p>Y si aún no has hecho el cálculo ponte en contacto con nosotros. En Eurofins Control Ambiental disponemos de un departamento de consultoría especializado en todo tipo de herramientas en sostenibilidad. Puedes contactarnos a través del siguiente <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/eurofins-control-ambiental/#"><strong>formulario</strong></a>.</p>
<p><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/huella-de-carbono/#contactohuellacarbono"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone size-large wp-image-55011" src="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-1024x256.jpg" alt="huella de carbono" width="1024" height="256" srcset="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-1024x256.jpg 1024w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-300x75.jpg 300w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-150x38.jpg 150w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-768x192.jpg 768w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-1536x384.jpg 1536w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/03/BANNER-huella-de-carbono-1920x480.jpg 1920w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a></p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/iso-14064/">¿Qué es la norma UNE EN ISO 14064? Mide la huella de tu organización</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>¿Qué son los microplásticos y cómo se analizan?</title>
		<link>https://www.eurofins-environment.es/es/que-son-microplasticos-como-se-analizan/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Ana Vazquez]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Aug 2025 06:00:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Laboratorio medioambiental]]></category>
		<category><![CDATA[Medio ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[Microplásticos]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.eurofins-environment.es/?p=46415</guid>

					<description><![CDATA[<p>Explicamos qué son los microplásticos y su proceso de análisis, paso a paso, para conocer su impacto ambiental.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/que-son-microplasticos-como-se-analizan/">¿Qué son los microplásticos y cómo se analizan?</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La creciente preocupación sobre los microplásticos ha despertado un interés renovado por comprender el impacto ambiental de estas partículas. A pesar de su pequeño tamaño, su presencia en océanos, suelos y, por consiguiente, en el cuerpo humano ha hecho necesaria una investigación a fondo para comprender sus efectos.</p>
<h2>¿Qué son los microplásticos?</h2>
<p>Los microplásticos, partículas compuestas total o parcialmente de polímeros sintéticos y con un tamaño interior a 5 mm, recientemente han emergido como una amenaza silenciosa para nuestro medio ambiente.</p>
<p>Además de los microplásticos, existen otros rangos de tamaño de los plásticos que están representados por mega, macro y meso plásticos:</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-58463 size-large" src="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/08/rangos-microplasticos-1024x683.png" alt="análisis microplásticos" width="1024" height="683" srcset="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/08/rangos-microplasticos-1024x683.png 1024w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/08/rangos-microplasticos-300x200.png 300w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/08/rangos-microplasticos-150x100.png 150w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/08/rangos-microplasticos-768x512.png 768w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/08/rangos-microplasticos.png 1536w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></p>
<p>Los microplásticos se encuentran en diversas formas en el medio ambiente tales como fragmentos, microesferas (o microperlas), pellets, fibras, espuma (foam), y film. Estas partículas tan diminutas, que se originan a partir de la descomposición de objetos plásticos más grandes o se crean directamente en productos como microperlas, plantean un riesgo significativo para los ecosistemas acuáticos y la salud humana.</p>
<h2>Tipos de microplásticos según su origen</h2>
<p>Los microplásticos se pueden clasificar en dos grupos según su origen: primarios y secundarios.</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li><strong>Microplásticos primarios </strong>(microperlas, pellets y microfibras principalmente): suelen tener tamaños inferiores a los 5mm y se fabrican con fines industriales. Las microperlas generalmente se utilizan en productos de limpieza, cosméticos, exfoliantes o pasta de dientes. Los pellets se utilizan para la creación de macroplásticos, los cuales se funden en moldes para adquirir la forma del objeto de plástico en el que se transformaran. Por último, las microfibras provienen de redes de pesca y de tejidos sintéticos, como el elastano (lycra) o el poliéster, muy presentes en nuestra ropa. Estas últimas son el principal microplástico primario encontrado en los océanos.</li>
</ul>
<ul>
<li><strong>Microplásticos secundarios </strong>(fragmentos, film y foam principalmente): resultan de la descomposición de productos plásticos más grandes. Los fragmentos son los microplásticos secundarios más comunes, mientras que los film son plásticos normalmente de bolsas de plástico, papel film y materiales de embalaje. El foam es cualquier tipo de plástico con una textura espumosa como espumas expansivas de poliestireno, polietileno o PVC.</li>
</ul>

		</div>
	</div></div>
<h2>¿Cómo se analizan los microplásticos?</h2>
<p>El <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/microplasticos/">análisis de microplásticos</a> es crucial para comprender la magnitud del problema y diseñar estrategias efectivas de mitigación. Los pasos del análisis son los siguientes:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ol>
<li><strong>Separación</strong> de las partículas</li>
<li><strong>Preparación</strong> o limpieza de la muestra</li>
<li><strong>Identificación</strong> de las partículas</li>
<li><strong>Cuantificación</strong> de las partículas</li>
<li><strong>Análisis de la composición específica</strong> (polietileno (PE), poliestireno (PS), polipropileno (PP), cloruro de polivinilo (PVC), tereftalato de polietileno (PET), policarbonato (PC), polimetilmetacrilato (PMMA) y poliamida (PA))</li>
<li><strong>Entrega de informe</strong> con tipo, número, tamaño, morfología y color de las partículas</li>
</ol>

		</div>
	</div></div>
<h2>Técnicas de análisis</h2>
<p>Actualmente no existen métodos estandarizados para la caracterización de microplásticos, y tanto los expertos como los organismos reguladores están evaluando diferentes técnicas analíticas.</p>
<p>Es poco probable que una técnica analítica por sí sola proporcione una imagen completa a la hora de abordar un estudio de contaminación por microplásticos, de forma que suele ser conveniente disponer tanto de métodos de análisis espectroscópicos como químicos.</p>
<p>La elección del método de análisis de microplásticos depende de la finalidad del análisis y del material a analizar.</p>
<p>El proceso de análisis implica técnicas instrumentales especializadas, como pueden ser la desorción térmica combinada con cromatografía de gases y la espectroscopía infrarroja. Estos métodos, disponibles en los Laboratorios de Eurofins Environment Testing Spain, permiten una caracterización precisa de microplásticos, incluso en concentraciones mínimas, y proporcionan datos cruciales para la toma de decisiones informadas.</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li><strong>QLC-IR:</strong> técnica que combina microscopía y espectroscopía IR que permite realizar mapeo químico de muestras e identificar el tamaño y la composición química de las partículas mediante comparación con librerías de referencia.</li>
<li><strong>PY/GC/MS &#8211; Cromatografía de gases (GC-MS)</strong>: esta técnica nos permite separar y analizar los compuestos procedentes de la fragmentación térmica de polímeros presentes en las muestras. Permite una identificación y cuantificación precisa de cantidades muy pequeñas de microplásticos en una variedad de matrices.</li>
</ul>

		</div>
	</div></div>
<h2>El servicio de análisis de microplásticos de Eurofins Environment Testing Spain</h2>
<p>En <a href="https://eurofins-environment.es/">Eurofins Environment Testing Spain</a> entendemos la preocupación que existe por esta problemática y queremos brindar soluciones. Contamos con una red de laboratorios especializados en este tipo de análisis. Nuestra experiencia nos permite ofrecer soluciones analíticas respaldadas por tecnología de vanguardia y un equipo altamente capacitado.</p>
<p>Descubre nuestras técnicas de  <strong><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/microplasticos/">análisis de microplásticos</a></strong>, diseñadas para satisfacer las necesidades de diversos sectores. Desde la industria alimentaria hasta la investigación medioambiental, brindamos soluciones adaptadas a cada cliente para comprender y abordar la presencia de microplásticos en cualquier entorno.</p>
<p>Para conocer a fondo la composición de los microplásticos y estudiar sus efectos, confía en Eurofins Environment Testing Spain. Juntos podemos afrontar el desafío de los microplásticos y trabajar hacia un futuro más sostenible.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone wp-image-53978" src="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/01/laboratorio-analisis-microplasticos-1024x256.jpg" alt="" width="1100" height="275" srcset="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/01/laboratorio-analisis-microplasticos-1024x256.jpg 1024w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/01/laboratorio-analisis-microplasticos-300x75.jpg 300w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/01/laboratorio-analisis-microplasticos-150x38.jpg 150w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/01/laboratorio-analisis-microplasticos-768x192.jpg 768w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/01/laboratorio-analisis-microplasticos-1536x384.jpg 1536w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2025/01/laboratorio-analisis-microplasticos-1920x480.jpg 1920w" sizes="auto, (max-width: 1100px) 100vw, 1100px" /></p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/que-son-microplasticos-como-se-analizan/">¿Qué son los microplásticos y cómo se analizan?</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>¿Qué diferentes tipos de mantenimiento existen en una empresa?</title>
		<link>https://www.eurofins-environment.es/es/diferentes-tipo-de-mantenimiento-existen-empresa/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Prisma]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 31 Jul 2025 07:10:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[GMAO]]></category>
		<category><![CDATA[Medio ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[Reglamentos de instalaciones]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.eurofins-environment.es/diferentes-tipo-de-mantenimiento-existen-empresa/</guid>

					<description><![CDATA[<p>En una empresa se pueden encontrar <strong>diferentes tipos de mantenimiento</strong>. Este concepto se basa generalmente en la revisión de los activos (instalaciones, herramientas y maquinaria) para velar siempre por su buen funcionamiento.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/diferentes-tipo-de-mantenimiento-existen-empresa/">¿Qué diferentes tipos de mantenimiento existen en una empresa?</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En el sector industrial, el estado de las instalaciones y de los equipos de trabajo es fundamental, no sólo para que la producción se mantenga a un ritmo estable, sino también para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. En este post vamos a resumir, de manera muy esquemática, las clasificaciones más habituales en los tipos de mantenimiento.</p>
<h2><strong>Tipos de mantenimiento industrial en función de la tarea:</strong></h2>
<p>Dependiendo del trabajo a realizar, se pueden distinguir tres tipos de mantenimiento: preventivo, correctivo y predictivo.</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li><strong>Preventivo: </strong>Tareas de mantenimiento que tienen como objetivo la reducción riesgos. Gracias a estas tareas se previenen fallos, errores o averías en el funcionamiento de los equipos y de las herramientas, según dicte el plan de mantenimiento para cada caso.</li>
</ul>
<ul>
<li><strong>Correctivo: </strong>Como sugiere su nombre, consiste en reparar la avería una vez que se ha producido. El tiempo de reparación y la inactividad en la producción supone un coste económico para la empresa, por eso lo recomendable es que una compañía emplee recursos en la elaboración de un plan de mantenimiento para evitar este tipo acciones correctivas.</li>
</ul>
<ul>
<li><strong>Predictivo: </strong>La recopilación y la interpretación de datos estadísticos permite a muchas empresas aplicar una estrategia de mantenimiento predictivo en sus instalaciones y equipos. Si el departamento de mantenimiento industrial detecta valores anómalos, procede a realizar una revisión o el reemplazo de algún componente antes de que se produzca una avería.</li>
</ul>

		</div>
	</div></div><div class="grve-section grve-row-section grve-fullwidth-background grve-padding-top-1x grve-padding-bottom-1x grve-bg-none"><div class="grve-container"><div class="grve-row grve-bookmark grve-columns-gap-30"><div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text">
			<h3>Tipos de mantenimiento en función de la cualificación:</h3>
<p>La mayoría de las industrias cuentan con un departamento propio de mantenimiento que sigue un plan de revisión de todos los activos. Aunque los trabajadores en plantilla suelen realizar algunas tareas en el día a día, en otras ocasiones deben acudir a empresas externas. Por esta razón se pueden distinguir dos tipos de mantenimiento industrial:</p>
<h4><strong>Mantenimiento interno</strong></h4>
<p>Las tareas básicas de revisión y reparación de activos que asumen los empleados de un departamento de mantenimiento varían en función del sector y del tipo de actividad al que se dedica la empresa. Al disponer de los conocimientos necesarios para llevar a cabo este tipo de operaciones, asumir el mantenimiento a nivel interno no supone un gasto extra de tiempo y esfuerzo para la empresa.</p>
<h4><strong>Mantenimiento externo</strong></h4>
<p>En la mayoría de las ocasiones las empresas no pueden asumir de forma propia el mantenimiento de sus activos, por lo que deben acudir a un mantenimiento externo. Este se puede solicitar por varios motivos:</p>

		</div>
	</div></div></div></div><div class="grve-background-wrapper"></div></div><div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li><strong><em>Externalización legal:</em></strong></li>
</ul>
<p style="padding-left: 40px;">A veces la ley obliga a que las empresas externalicen y certifiquen que el mantenimiento de algunos activos ha sido realizado según las especiaciones de la normativa vigente, por eso deben encargarlo a una empresa profesional, en especial si después tienen que ser inspeccionados por un Organismo de Control Autorizado (OCA): instalaciones de protección contra incendios, transformadores de alta tensión, equipos a presión, tanques de petrolíferas, la calibración de determinados equipos, etc.</p>
<ul>
<li><strong><em>Externalización por falta de tiempo:</em></strong></li>
</ul>
<p style="padding-left: 40px;">Hay tareas que pueden requerir de una mayor complejidad, por eso el departamento de mantenimiento de muchas empresas industriales prefieren externalizarlas. Para que estas sean asumidas por sus empleados tendrían que emplear recursos económicos en formación, un tiempo del que igual no disponen debido a la carga de trabajo.</p>
<ul>
<li><strong><em>Externalización por falta de medios:</em></strong></li>
</ul>
<p style="padding-left: 40px;">Hasta hace algunos años las empresas invertían en activos que les permitían realizar tareas de manteamiento, pero que tenían que acabar renovando cada cierto tiempo. En la actualidad los departamentos de mantenimiento optan por no invertir en material y externalizar las tareas que requieren del uso de herramientas específicas.</p>

		</div>
	</div></div><div class="grve-section grve-row-section grve-fullwidth-background grve-padding-top-1x grve-padding-bottom-1x grve-bg-none"><div class="grve-container"><div class="grve-row grve-bookmark grve-columns-gap-30"></div></div><div class="grve-background-wrapper"></div></div><div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ></div></div><div class="grve-element grve-text">
			
		</div>
<p>Como toda empresa de carácter industrial dispone de un plan de mantenimiento en el que se especifica la tipología de tareas que se deben llevar a cabo.</p>
<h2>Mantenimiento preventivo y correctivo, ¿en qué se diferencian?</h2>
<p>En nuestro blog podrás encontrar mucha más información y más detallada sobre los diferentes tipos de mantenimiento, entre otros, destacamos este en el que se explicaban las <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/mantenimiento-preventivo-y-correctivo/"><span style="color: #ff9900;"><strong>Diferencias entre el mantenimiento preventivo y correctivo</strong></span></a>.</p>
<h2>¿Cómo controlarlo? = <a href="https://play.google.com/store/apps/details?id=ecoGMAO.envira&amp;pli=1"><span style="color: #ff9900;"><strong>App GMAO</strong></span></a> mantenimiento industrial</h2>
<p>La mejor opción para agilizar tiempos a la hora de llevar a cabo un plan de mantenimiento industrial es utilizar un software para la gestión de activos como <span style="color: #ff9900;"><strong><a style="color: #ff9900;" href="https://www.eurofins-environment.es/es/ecogestor-gmao/">EcoGestor GMAO</a></strong></span>. Esta herramienta online apoyada por un soporte técnico permite ajustar el personal disponible de una empresa, manejar la documentación necesaria y llevar a cabo una explotación inteligente de la información con la posibilidad de actuar de manera predictiva.</p>
<h2>La clave: la actualización de rutinas legales</h2>
<p>Otra de las características diferenciales por el que las empresas se decantan por nuestro <strong><span style="color: #000000;">EcoGes<a style="color: #000000;" href="https://www.eurofins-environment.es/es/ecogestor-gmao/">tor GMAO</a></span></strong> es el apoyo por técnicos expertos en mantenimiento legal de equipos e instalaciones, suministrando las gamas legales para tener siempre actualizado el GMAO con las últimas modificaciones de la normativa. Es decir, nuestros técnicos le mantendrán al día de las novedades legales para mantener su plan siempre optimizado con las últimas novedades legislativas.</p>
<p>También destaca la <span style="color: #333333;">app móvil</span> para trabajar offline, incluye la información en el móvil o Tablet independientemente de la conexión a internet y vuelca los datos cuando sea necesario.</p>
<p>Solicita <span style="color: #ff9900;"><strong><a style="color: #ff9900;" href="https://www.eurofins-environment.es/es/ecogestor-gmao/#demogmao">DEMO</a></strong></span> gratis sin ningún compromiso.</p>
<p><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/ecogestor-gmao/#demogmao"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone size-large wp-image-56775" src="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/08/BANNER-GMAO-1024x256.png" alt="" width="1024" height="256" srcset="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/08/BANNER-GMAO-1024x256.png 1024w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/08/BANNER-GMAO-300x75.png 300w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/08/BANNER-GMAO-150x38.png 150w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/08/BANNER-GMAO-768x192.png 768w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/08/BANNER-GMAO-1536x384.png 1536w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/08/BANNER-GMAO-1920x480.png 1920w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>Los equipos en uso que estén contaminados con PCBs deben ser retirados antes del 31 de diciembre de 2025</title>
		<link>https://www.eurofins-environment.es/es/retirada-equipos-contaminados-pcbs/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Prisma]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Feb 2025 08:30:01 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Medio ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[legislación ambiental]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.eurofins-environment.es/retirada-equipos-contaminados-pcbs/</guid>

					<description><![CDATA[<p>El Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre contaminantes orgánicos persistentes establece que los equipos en uso que estén contaminados con <strong>PCBs deben ser retirados</strong> a más tardar el 31 de diciembre de 2025.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/retirada-equipos-contaminados-pcbs/">Los equipos en uso que estén contaminados con PCBs deben ser retirados antes del 31 de diciembre de 2025</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div class="wy basic-section">
<p>Nuevos plazos para la progresiva eliminación de los equipos contaminados con PCBs en España. Transformadores, condensadores u otros receptáculos que contengan material líquido con más de 0,005 % de PCB y un volumen superior a 0,05 dm3, deberán eliminarse tan pronto como sea posible, y a más tardar, el 31 de diciembre de 2025.</p>
<p>Los equipos que contengan Policlorobifenilos (<strong>PCB</strong>) deberán ser inventariados, etiquetados, retirados y correctamente almacenados antes de <strong>2025.</strong></p>
<p>Los PCBs o bifenilos policlorados, son compuestos con alta estabilidad térmica y buena resistencia a la inflamabilidad, por lo cual su uso se fue ampliamente extendiendo a mediados del siglo XX, para posteriormente, al descubrirse sus graves efectos sobre la salud, como su poder cancerígeno y otros efectos tóxicos, fueron prohibidos a partir del año 1986. Sin embargo, todavía se pueden encontrar en determinados equipos y materiales construidos con anterioridad a su prohibición, especialmente en el sector de la energía eléctrica.</p>
<h2>Regulación europea y estatal de equipos contaminados con PCBs</h2>
<p>La regulación de la eliminación de los aparatos que contienen estos compuestos está determinada por la Directiva 96/59/CE del Consejo y Reglamento (UE) 2019/1021. Dicha Directiva fue transpuesta mediante el <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1999-18193"><strong>RD 1378/1999</strong></a>, modificado por el RD 228/2006 y el Reglamento se ha incorporado mediante una modificación por el <strong><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/ley-de-envases/">RD 1055/2022</a>.</strong> Esta normativa establece diversas obligaciones para los poseedores de equipos contaminados con PBCs, siendo las más relevantes:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li>Declarar la posesión y la descontaminación/eliminación de aparatos con PCB, adjuntando la documentación justificativa de los datos declarados.</li>
<li>Informar de las previsiones de destrucción o descontaminación.</li>
<li>Etiquetar convenientemente los aparatos y los locales donde se encuentran situados.</li>
<li>Descontaminar o eliminar en las fechas indicadas, hasta ahora, el 1 de enero de 2011.</li>
</ul>
<p><span style="font-family: inherit; font-size: inherit; font-style: inherit; font-variant-ligatures: inherit; font-variant-caps: inherit; font-weight: inherit;"></p>

		</div>
	</div></div></span></p>
<h2>Novedades en España sobre los PCBs en 2025</h2>
<p>El pasado diciembre de 2022, la disposición final primera del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, introduce importantes modificaciones en el Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan, destacando los siguientes cambios:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li>Antes del 31/12/2025 se deberán retirar los equipos que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen superior a 0,05 dm3</li>
<li>Antes del 01/07/2023 se deberán identificar y declarar a las comunidades autónomas, los aparatos que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen entre 0,05 dm³ y 1 dm³ de PCB.</li>
<li>Los transformadores cuyos fluidos contengan una concentración entre 50 y 500 ppm, en peso de PCB, deberán ser retirados del uso tan pronto como sea posible, y antes del 31/12/2025, y posteriormente serán eliminados o descontaminados como residuos peligrosos en un plazo máximo de 6 meses.</li>
</ul>
<p><span style="font-family: inherit; font-size: inherit; font-style: inherit; font-variant-ligatures: inherit; font-variant-caps: inherit; font-weight: inherit;"></p>

		</div>
	</div></div></span></p>
<h2>Plazo para retirar equipos contaminados con PCBs: 31/12/2025</h2>
<p>El Anexo I del Reglamento (UE) 2019/1021 establece que los Estados miembros identificarán y retirarán del uso los equipos (por ejemplo, transformadores, condensadores u otros receptáculos que contengan material líquido) que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen superior a 0,05 dm3, tan pronto como sea posible, y a más tardar el 31 de diciembre de 2025.</p>
<p>Ahora el Real Decreto 1055/2022 modifica la normativa de PCBs en la misma línea. “Los equipos (por ejemplo, transformadores, condensadores u otros receptáculos que contengan material líquido) que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen superior a 0,05 dm3, deben ser retirados del uso tan pronto como sea posible, y antes del 31 de diciembre de 2025” Añadiendo que: posteriormente serán eliminados o descontaminados como residuos peligrosos en un plazo máximo de 6 meses.</p>
<h2>Declaración anual de aparatos sujetos a inventario de PCB/PCT</h2>
<p>Los poseedores de PCB deben identificar y declarar a las comunidades autónomas los aparatos que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen entre 0,05 dm³ y 1 dm³ de PCB que posean tan pronto como sea posible, y antes del 1 de julio de 2023.</p>
<p>Asimismo, los aparatos de este tipo que hayan sido descontaminados o eliminados deben declarar anualmente, en el plazo de dos meses a partir del <strong>1 de enero de cada año</strong>, <span style="font-family: inherit; font-size: inherit; font-style: inherit; font-variant-ligatures: inherit; font-variant-caps: inherit; font-weight: inherit;">aportando la documentación acreditativa correspondiente.</span></p>
<h2>Transformadores con PCBs</h2>
<p>Los transformadores contaminados con PCBs cuyos fluidos contengan una concentración entre 50 y 500 ppm, en peso de PCB deberán ser retirados del uso tan pronto como sea posible, y antes del 31 de diciembre de 2025, y posteriormente serán eliminados o descontaminados como residuos peligrosos en un plazo máximo de 6 meses.</p>
<p>Desde Eurofins EcoGestor seguiremos de cerca todas las actualizaciones que se produzcan sobre los plazos de retirada de equipos que contengan PCBs. Recuerde que para estar siempre informado de las obligaciones legales de aplicación en el área de medio ambiente para una organización disponemos del servicio <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/ecogestor-legislacion/">EcoGestor LEGISLACIÓN</a>, una herramienta online apoyada por un equipo de consultores especializado en medio ambiente para la información y actualización de normativa. Solicita sin compromiso una DEMO GRATUITA.</p>
</div>
<p><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/ecogestor-legislacion/#demolegislacion"><img loading="lazy" decoding="async" class="wp-image-48932 size-full" src="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion.jpg" alt="ecogestor legislación" width="825" height="213" srcset="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion.jpg 825w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion-300x77.jpg 300w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion-150x39.jpg 150w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2023/01/banner-demo-ecogestor-legislacion-768x198.jpg 768w" sizes="auto, (max-width: 825px) 100vw, 825px" /></a></p>
<p>La entrada <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/retirada-equipos-contaminados-pcbs/">Los equipos en uso que estén contaminados con PCBs deben ser retirados antes del 31 de diciembre de 2025</a> se publicó primero en <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/inicio">Eurofins Environment Testing Spain</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>¡Atención! El 28 de febrero finaliza el plazo para el registro PRTR</title>
		<link>https://www.eurofins-environment.es/es/plazo-presentacion-prtr/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Prisma]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 01 Feb 2025 07:10:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Medio ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[PRTR]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.eurofins-environment.es/el-31-de-marzo-finaliza-el-plazo-de-presentacion-de-los-datos-al-prtr/</guid>

					<description><![CDATA[<p>El próximo 28 de febrero termina el plazo para el registro y la notificación de los datos de emisiones al agua, a la atmósfera, al suelo y la transferencia de residuos, fuera del emplazamiento industrial, correspondiente al año 2024 (PRTR 2014).</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El próximo <strong>28 de febrero</strong> se cumple el <strong>plazo PRTR</strong> para el registro y la notificación de los datos de emisiones al agua, atmósfera y suelo, así como la transferencia de residuos fuera del emplazamiento industrial, correspondiente al ejercicio 2024. Este es un requisito imprescindible para los complejos industriales sujetos a la normativa vigente.</p>
<p>El <strong>PRTR-España</strong>, también conocido como <strong>E-PRTR</strong>, es el <strong>Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes</strong>. Este sistema ofrece información detallada sobre las emisiones de sustancias contaminantes al medio ambiente y las transferencias de residuos, conforme a la legislación internacional, europea y nacional:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li><strong>Internacional</strong>: Protocolo de Kiev y Convenio de Aarhus.</li>
<li><strong>Europea</strong>: Reglamento E-PRTR.</li>
<li><strong>Nacional</strong>: Real Decreto 508/2007 y sus modificaciones.</li>
</ul>

		</div>
	</div></div>
<p>Este registro incluye actividades industriales recogidas en el Anexo I del Real Decreto 508/2007 que superen los umbrales de capacidad establecidos. Entre estas actividades se encuentran plantas de tratamiento de aguas residuales, explotaciones mineras y otros sectores clave para la sostenibilidad ambiental.</p>
<h2>¿Qué deben hacer los complejos industriales?</h2>
<p>Las empresas deben reportar antes del 31 de marzo los datos del año anterior, incluyendo:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ol>
<li><strong>Emisiones</strong> al agua, atmósfera y suelo.</li>
<li><strong>Transferencias de residuos</strong> fuera del emplazamiento industrial.</li>
<li>Información específica de cada sustancia contaminante, medida en <strong>kg/año</strong>.</li>
</ol>

		</div>
	</div></div>
<h2>Eurofins Control Ambiental: tu aliado para cumplir con el plazo PRTR</h2>
<p>En <a href="https://www.eurofins-environment.es/es/eurofins-control-ambiental/"><strong>Eurofins Control Ambiental</strong></a>, ofrecemos el soporte necesario para garantizar el cumplimiento del <strong>plazo PRTR</strong>. Nuestro equipo puede ayudarte con:</p>
<div class="grve-column wpb_column grve-column-1" ><div class="grve-column-wrapper" ><div class="grve-element grve-text vc_custom_1692629753207">
			<ul>
<li><strong>Mediciones</strong> precisas de las emisiones.</li>
<li><strong>Cálculos y estimaciones</strong> detallados.</li>
<li><strong>Introducción de datos</strong> en la plataforma E-PRTR.</li>
</ul>

		</div>
	</div></div>
<p>Gracias a nuestra experiencia, aseguramos que la información aportada cumpla con los estándares exigidos por la normativa y contribuya a una gestión ambiental responsable.</p>
<p>No esperes hasta el último momento: ¡cumple con el <strong>plazo PRTR</strong> y asegura tu tranquilidad!</p>
<p><a href="https://www.eurofins-environment.es/es/aire/#contactoaire"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignleft wp-image-52450 size-large" src="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/09/demo-atmosfera-1024x256.jpg" alt="demo atmósfera" width="1024" height="256" srcset="https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/09/demo-atmosfera-1024x256.jpg 1024w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/09/demo-atmosfera-300x75.jpg 300w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/09/demo-atmosfera-150x38.jpg 150w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/09/demo-atmosfera-768x192.jpg 768w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/09/demo-atmosfera-1536x384.jpg 1536w, https://www.eurofins-environment.es/wp-content/uploads/2024/09/demo-atmosfera-1920x480.jpg 1920w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a></p>
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	</channel>
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