Objeto 4 del Protocolo de Inspección de Vertidos: Estado de las instalaciones de depuración

Objeto 4 del Protocolo de Inspección de Vertidos: Estado de las instalaciones de depuración 640 426 Prisma

El Objeto 4 del Protocolo de Inspección de Vertidos se encarga de la verificación del estado de las instalaciones de depuración y evacuación de aguas residuales, en los casos en que así se requiera en la correspondiente Autorización de Vertido.

Si estás en el supuesto de que en tu autorización de vertido (AV), se requiere la realización de una inspección por parte de una ECAH (Entidad Colaboradora de la Administración Hidráulica) para comprobar y verificar el estado de las instalaciones de depuración de vertido, que esté acreditada para este objeto 4 del protocolo de vertido, este artículo es de tu máximo interés, así que te recomendamos que sigas leyendo, porque te vamos a explicar en detalle qué es el objeto 4 del Protocolo de Inspección de Vertido.

Qué es el Protocolo de Inspección de Vertidos

El Protocolo de Inspección de Vertidos (PIV) fue aprobado el 23 de Octubre de 2013, mediante Instrucción del secretario de Estado de Medio Ambiente, con el fin de regular y establecer los procedimientos que deben seguir y aplicar las ECAH (Entidades Colaboradoras de la Administración Hidráulica) para realizar las labores de acreditación y apoyo a la administración hidráulica en materia de gestión de vertidos a Dominio Público Hidráulico (DPH), a la hora de realizar inspecciones, reconocimientos o comprobaciones de las condiciones de las autorizaciones de vertido y otros vertidos no autorizados.

El Protocolo de Inspección de Vertidos se divide en 6 Objetos de Inspección:

  • Objeto de inspección 1: Evaluación de la conformidad respecto a las características cuantitativas y cualitativas del vertido
  • Objeto de inspección 2: Evaluación de la conformidad respecto al control efectivo de volúmenes de vertidos de agua residual.
  • Objeto de inspección 3: Evaluación de la conformidad respecto a la concentración de contaminantes en el medio receptor.
  • Objeto de inspección 4: Verificación del estado de las instalaciones de depuración y de evacuación.
  • Objeto de inspección 5: Verificación del cumplimiento respecto al proyecto de las instalaciones de tratamiento y evacuación de las aguas residuales.
  • Objeto de inspección 6: Verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos de los sistemas y elementos de control del vertido (verificación de equipos de control en continuo: caudalímetros, conductivímetros, phmetros, turbidímetros, etc.).

En este artículo tratamos en concreto el Objeto 4 del Protocolo PIV, que determina y verifica el estado de las instalaciones de depuración y evacuación.

¿De qué se encarga el Objeto 4 del Protocolo de Inspección de Vertido?

El Objeto 4, se encarga de la verificación del estado de las instalaciones de depuración y evacuación, confirmando su correcto estado. Puede ser obligatoria la realización de dicha inspección según objeto 4, como requerimiento en la propia autorización de vertido.

Debemos tener en cuenta además, que para evaluar correctamente el estado y funcionamiento de las instalaciones de depuración y evacuación, es necesario realizar previamente y de forma complementaria, la evaluación de la conformidad respecto a las características cuantitativas y cualitativas del vertido (alcance del objeto 1- Caudal y contaminantes). Así pues, una inspección del objeto 4, está siempre asociada a otra inspección del Objeto 1.

¿Qué se persigue con el Objeto 4 del Protocolo de Inspección de Vertido?

El objeto 4 tiene una serie de objetivos específicos:

  • Confirmación de la coincidencia mediante inspección visual, de los sistemas de tratamiento y equipos de las instalaciones de depuración y de evacuación frente a los inventariados en la Autorización de Vertido.
  • Notificación de los cambios detectados en los sistemas de depuración inspeccionados frente a los detallados en la Autorización de Vertido.
  • Recopilación de información sobre el origen de las aguas de vertido que son tratadas en la instalación de depuración.
  • Descripción cualitativa del estado de mantenimiento, conservación, funcionamiento, de cada uno de los elementos de depuración presentes en la instalación.
  • Descripción cualitativa del punto de control y del punto de vertido a cauce.
  • En el caso de que en la Autorización de Vertido se hayan establecido condicionantes relativos a la instalación de sistemas de depuración adicionales a los planteados en el proyecto de depuración, verificación de que se hayan ejecutado dichas ampliaciones. Algunas de estas modificaciones pueden ser la delimitación de perímetros de guarda de aguas pluviales, adecuaciones de los puntos de control para toma de muestras o medidas de caudal, etc.
  • Para aquellas instalaciones en las cuales se establezca en su Autorización de Vertido la realización de un programa de reducción de la contaminación y/o del programa de medidas, comprobación de la eficiencia de las medidas propuestas.
  • En el caso de que se disponga o sea requerido en la Autorización de Vertido, comprobación del plan de mantenimiento y/o del libro de registro donde se anoten las labores de mantenimiento realizadas, junto con sus respectivos registros.
  • Evolución histórica de los controles de vertido realizados de acuerdo a la periodicidad establecida en la Autorización de Vertido.
  • Verificación de las coordenadas de ubicación de los sistemas de depuración y del punto de vertido a cauce o a terreno, indicadas en la Autorización de Vertido.
  • Descripción de la gestión y tratamiento de los residuos generados en las instalaciones de depuración.
  • Notificación, en el informe final de inspección, en el caso de detectarse cambios significativos en las aguas residuales de entrada a la instalación (ya sea por parámetros contaminantes o caudal).

Como parte de la inspección del objeto 4, se debe cumplimentar una Lista de Comprobación, cuyos ítems se recogen en la siguiente tabla:

Comprobar la instalación de los sistemas de depuración descritos en la Autorización de Vertido (AV)
Comprobar las coordenadas y el número de puntos de vertido y de control, respecto a los que figuran en la Autorización de Vertido.
Comprobar el origen del agua residual.
Comprobar la instalación de los elementos adicionales solicitados en la Autorización de Vertido (en su caso)
Valorar las posibles evacuaciones por by-pass
Comprobar la existencia de equipos de reserva que entren en funcionamiento en los momentos de mantenimiento o de avería
Evaluar cualitativamente el estado del punto de vertido y del punto de control
Comprobar el aspecto del vertido. Anotar, si es relevante, el color, la presencia de sólidos, lodos, olores, espumas, etc.
Evaluar los indicadores recogidos en la tabla de descripción para cada sistema de depuración identificado
Recopilar información de la planta (datos de medidores en continuo, mediciones “in situ” que se realicen en la planta)
Realizar un reportaje fotográfico de cada uno de los elementos del sistema de depuración
Comprobar el régimen de funcionamiento de cada elemento de depuración
Comprobar la existencia de aforadores y/o de un tramo de canal revestido que permita aforar
Comprobar el estado de mantenimiento de la caseta del cuadro de control
Comprobar la posesión por parte del titular de un plan de mantenimiento del sistema.
Comprobar que se llevan a cabo las tareas del plan de mantenimiento necesarias
Comprobar que existe un registro de las fechas de parada y puesta de nuevo en funcionamiento de los equipos por labores de mantenimiento o averías
Describir el acceso para la realización del mantenimiento de los equipos.
Evaluar la gestión de los residuos generados en la planta de tratamiento.
Identificar los equipos fuera de uso.
Comprobar otros aspectos específicos, incluidos en la Autorización de Vertido.

Tabla 1. Aspectos complementarios de la Lista de comprobación del Objeto 4.

Nuestras Acreditaciones en la materia

Eurofins Control Ambiental está acreditada como Organismo de Inspección y como Laboratorio de Ensayo. Asimismo es Entidad Colaboradora de la Administración Hidráulica (ECAH), y dispone de acreditación para la realización de inspecciones bajo los 6 Objetos del Protocolo de Inspección de Vertidos, siendo una de las pocas empresas a nivel nacional que disponen de este amplio alcance.

En concreto, en lo que se refiere a inspecciones de Instalaciones de depuración y evacuación de vertidos, Eurofins Control Ambiental está acreditada como Entidad de Inspección para llevar a cabo las inspecciones bajo los objetos 1 y 4 del PIV, necesarios para la evaluación del correcto estado y funcionamiento de las instalaciones de depuración y evacuación de vertidos.

Si quieres disponer de más información sobre el Protocolo de Inspección de Vertido (PIV) y profundizar más en cuanto al alcance de los 6 objetos de inspección que incluye el PIV, te recomendamos consultar los siguientes artículos.

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