En junio de 2022 se publicó en el BOE el actualmente en vigor Real Decreto para control de legionella, (Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis). ¿A quién afecta este nuevo Real Decreto sobre legionella? Este nuevo Real Decreto sobre legionella (RD 487/2022) que entrará en vigor el próximo 02/01/2023, nace con la intención de establecer medidas sanitarias para la protección de la salud humana contra la legionelosis y se aplicará a las instalaciones susceptibles de convertirse en focos de contaminación. El Real…
leer másSe demuestra que es necesario actuar a escala de la Unión, con independencia de cualquier disposición ya adoptada, para evitar en la medida de lo posible la exposición al plomo y sus compuestos presentes en los artículos de joyería. Existen estudios que demuestran que los niños, debido a su tendencia a llevarse cosas a la boca, sobre todo los menores de 36 meses, pueden sufrir una exposición repetida al plomo liberado por los artículos de joyería. Esta exposición repetida al plomo puede tener efectos graves e irreversibles en el comportamiento y desarrollo neurológicos, efectos a los que los niños son especialmente sensibles debido…
leer másEl presente decreto tiene por objeto regular: El Registro Oficial de Establecimientos y Servicios de Productos Fitosanitarios. El Libro oficial de movimiento de productos fitosanitarios. El régimen sancionador aplicable en la materia. El ámbito de aplicación de este decreto se extiende a los establecimientos y servicios prestados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia que comercialicen o utilicen productos fitosanitarios de los definidos en el artículo 3. En los casos en que un establecimiento de productos fitosanitarios esté integrado parcialmente por locales o almacenes situados en otra comunidad autónoma, tendrá, asimismo, la obligación de inscribirse en el Registro…
leer másLa Ley 4/2004, de 18 de marzo, de Transporte de Viajeros por Carretera dotó de una regulación completa al transporte de viajeros por carretera en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, adecuada a las necesidades y exigencias que el carácter estratégico y básico que este sector tiene para el desarrollo y cohesión social, económica y territorial de la Comunidad Autónoma. El artículo 18.c) de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno así como el artículo 4.1 de la Ley 4/2004 facultan al Gobierno Vasco para dictar las disposiciones reglamentarias que resulten precisas para el desarrollo…
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