¿Sabías que, a partir del 2 de mayo de 2025, ciertas actividades laborales están obligadas a medir el gas radón en función del municipio donde se ubiquen? Una nueva normativa refuerza el control sobre este gas natural y silencioso, presente en el subsuelo, que representa uno de los principales riesgos radiológicos para los trabajadores.
Con la entrada en vigor de la Instrucción IS-47, emitida por el Consejo de Seguridad Nuclear, se establece el marco legal para proteger a las personas trabajadoras frente a la exposición al radón. Esta instrucción aprueba de forma oficial el listado de términos municipales en los que se considera prioritaria la actuación frente a este gas, específicamente en aquellos clasificados como Zona 2 en el Apéndice B del DB HS 6 del Código Técnico de la Edificación.
¿A quién afecta esta normativa?
Los titulares de actividades laborales que operen en plantas bajas o bajo rasante en municipios clasificados como Zona 2 deben realizar estudios de medición del gas radón en el aire interior. La obligación no se aplica a espacios de tránsito o de ocupación esporádica, donde la permanencia anual no supere las 50 horas por trabajador o trabajadora.
¿Qué exige la IS-47 sobre el análisis del gas radón por municipios?
El estudio de medición debe llevarse a cabo por un laboratorio acreditado según la norma UNE-EN ISO/IEC 17025 y contemplar, además, las siguientes acciones:
- Planificación del muestreo: determinación de zonas y número de detectores necesarios, siguiendo los artículos 4 y 5 de la IS-47.
- Actualización periódica: cada 10 años si no hay necesidad de sistemas activos de mitigación, o cada 5 años si los niveles superan el umbral de los 300 Bq/m³.
- Reevaluación tras obras: cualquier alteración que afecte a la ventilación o estructura obliga a repetir el estudio en un plazo de 6 meses.
- Informe obligatorio: los resultados deben documentarse según el modelo del Anexo 1 de la IS-47, integrarse en la evaluación de riesgos laborales y mantenerse accesibles para trabajadores y autoridades competentes.
Participación de las personas trabajadoras
La normativa refuerza la implicación activa del personal en todas las fases del estudio.
La persona titular de la actividad laboral deberá:
- Informar sobre el objetivo y desarrollo del estudio.
- Consultar sobre las zonas de mayor permanencia.
- Comunicar los resultados, especialmente si se superan los 300 Bq/m³, y proponer medidas de corrección junto a los representantes de las personas trabajadoras.
¿Cómo saber si tu municipio está en Zona 2?
El Consejo de Seguridad Nuclear publica el listado oficial de municipios por nivel de prioridad radón. Puedes consultarlo en el Apéndice B del DB HS 6.
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