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Real decreto sobre neumáticos al final de su vida útil: hacia una economía circular efectiva

Real decreto sobre neumáticos al final de su vida útil: hacia una economía circular efectiva 1200 800 Prisma

El 27 de agosto de 2025 se publica en el BOE el Real Decreto 712/2025, que establece una nueva regulación para la gestión de los neumáticos al final de su vida útil (NFVU). Esta norma deroga el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, así como el RD 731/2020, el RD 646/2020 y el RD 553/2020, y se alinea con la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados.

Su finalidad es reducir el impacto ambiental de los neumáticos durante todo su ciclo de vida, reforzar la trazabilidad y control del sistema de gestión, y consolidar el paso hacia una economía circular real.

Objetivos de la nueva regulación de neumáticos

El Real Decreto 712/2025 se aprueba para dar respuesta a varios desafíos:

  • Adaptar la normativa española a la Directiva (UE) 2018/851, que establece requisitos mínimos para los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
  • Integrar los principios de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados, que redefine el marco legal de la gestión de residuos en España.
  • Corregir debilidades detectadas en la normativa anterior, especialmente en la trazabilidad, supervisión y acumulación de NFVU en puntos de generación.
  • Mejorar la calidad de la información sobre los resultados obtenidos en el tratamiento de los neumáticos al final de su vida útil.
  • Reforzar la transparencia y el control de los sistemas colectivos e individuales de gestión.

Obligaciones directas para productores y poseedores

El nuevo decreto establece que tanto los productores como los poseedores de NFVU deben:

  • Entregarlos a un gestor con el que tengan un acuerdo; o
  • Si no están amparados por la responsabilidad ampliada de su productor, encargar por su cuenta el tratamiento a un gestor autorizado; o.
  • Asumir directamente su tratamiento si cuentan con la debida autorización.

Esta medida busca garantizar una gestión responsable desde el origen del residuo.

Recogida organizada en instalaciones municipales

Las administraciones locales y autonómicas deberán formalizar convenios para la recogida de neumáticos en puntos limpios. Estos espacios deberán estar debidamente acondicionados y contar con zonas específicas para el almacenamiento temporal de NFVU hasta su entrega a gestores autorizados.

Supervisión reforzada de los operadores autorizados

Los productores y las entidades que gestionen NFVU deben inscribirse en el correspondiente registro oficial. Excepto los transportistas, todos los operadores deberán constituir una fianza que garantice el cumplimiento de sus obligaciones. Esta medida refuerza la seguridad jurídica y la fiabilidad del sistema.

Medidas restrictivas para evitar impactos ambientales

Se prohíbe expresamente el abandono, vertido incontrolado y depósito en vertederos de neumáticos, salvo cuando se utilicen como elementos técnicos en dichos vertederos.

Transparencia y trazabilidad en la gestión

Los sistemas de responsabilidad ampliada del productor, tanto individuales como colectivos, deberán remitir anualmente un informe de actividad al MITECO y a la autoridad autonómica correspondiente antes del 31 de mayo, y publicar parte del informe en su portal web. Además, deberán presentar sus cuentas a la Comisión de coordinación en materia de residuos antes del 1 de septiembre.

Fomento del reciclaje y valorización de materiales

El decreto incluye una disposición adicional para incentivar el uso de materiales reciclados procedentes de neumáticos, consolidando el enfoque circular en el sector. Se establecen objetivos concretos de reciclaje, reutilización y valorización energética para los próximos años.

Nuevos conceptos incorporados al marco legal

Se introducen definiciones clave para mejorar la comprensión y aplicación de la norma: productor de neumáticos, productor de NFVU, neumático de reposición, neumático recauchutado, neumático de segunda mano, carcasa, entre otras. Estas definiciones permiten delimitar claramente las responsabilidades de cada agente.

Actualización de los sistemas de gestión conforme a la Ley 7/2022

Todos los productores deberán integrarse en un sistema individual o colectivo de responsabilidad ampliada antes del 28 de agosto de 2026. Los sistemas individuales deben presentar una comunicación previa con garantía financiera, mientras que los colectivos deben obtener autorización administrativa válida por 8 años. Los sistemas existentes tienen hasta el 28 de febrero de 2026 para adaptarse.

Planes de prevención para grandes productores

Los productores que comercialicen más de 250 toneladas netas de neumáticos al año deberán elaborar un Plan Empresarial de Prevención de Residuos antes del 28 de febrero de 2026. Estos planes se renovarán cada cuatro años y podrán ser gestionados directamente por el productor o por el sistema colectivo al que pertenezcan.

Metas ambientales para 2025, 2030 y 2035 

Se fijan objetivos mínimos de preparación para la reutilización, reciclaje y valorización energética:

  • 2025: al menos 15 % de reutilización, 50 % de reciclado y máximo 35 % de valorización energética.
  • 2030: al menos 15 % de reutilización, 59 % de reciclado y máximo 26 % de valorización energética.
  • 2035: al menos 15 % de reutilización, 65 % de reciclado y máximo 20 % de valorización energética.

Información obligatoria para consumidores y usuarios

Los productores deberán incluir en la factura el número de inscripción en el Registro de Productores de Productos y el coste ambiental asociado al residuo generado por el neumático. Esta información debe figurar en todas las facturas emitidas durante la cadena de comercialización. Además, los comercializadores de neumáticos de segunda mano deberán entregar al comprador el certificado de inspección conforme a la norma UNE 69051:2017, preferentemente en formato electrónico.

Prohibición de incineración de neumáticos reutilizables o reciclables

El Real Decreto prohíbe la incineración —con o sin valorización energética— de neumáticos que puedan ser preparados para su reutilización o reciclado. Esta medida refuerza el compromiso con la jerarquía de residuos y la protección ambiental.

Puedes consultar aquí el texto completo del Real Decreto 712/2025.

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