El «Boletín Oficial del Estado» ha publicado la Orden TED/439/2026, de 6 de mayo, que regula el procedimiento para la concesión del Sello de gestión transparente del agua en las demarcaciones hidrográficas intercomunitarias.
Esta nueva norma impulsa la transparencia, la sostenibilidad y la buena gobernanza en la gestión del agua, alineándose con las políticas de buen gobierno y con los objetivos del PERTE de digitalización del ciclo del agua.
¿Qué es el Sello de gestión transparente del agua?
Se trata de un distintivo público oficial, otorgado por la Administración General del Estado, que reconoce a aquellos usuarios del agua (públicos o privados) que destacan por:
- Su transparencia en la información
- Una gestión eficiente y responsable del recurso
- El cumplimiento de buenas prácticas ambientales y de gobernanza
El sello se configura como una herramienta para reforzar la confianza y el control público, permitiendo identificar a aquellas entidades que realizan una gestión ejemplar del agua.
Además, no sustituye el cumplimiento legal obligatorio, sino que actúa como un reconocimiento adicional y voluntario.
¿A qué responde esta norma?
La creación del sello responde a varios objetivos estratégicos:
- Impulsar la transparencia pública
En línea con la Ley 19/2013, la norma busca facilitar el acceso a la información sobre el uso del agua y promover una rendición de cuentas efectiva.
- Mejorar la gobernanza del agua
Se integra dentro del PERTE de digitalización del agua, que apuesta por:
- La modernización del ciclo del agua
- El uso de herramientas digitales
- La colaboración público-privada
- Fomentar la sostenibilidad y el uso eficiente
El sello distingue a entidades que van más allá del cumplimiento normativo, incorporando:
- Reducción de consumos
- Reutilización y eficiencia
- Protección del medio hídrico
- Crear un sistema de reconocimiento visible
Inspirado en otros distintivos (como etiquetas ambientales), permite a ciudadanos y stakeholders identificar fácilmente buenas prácticas.
Tipos de Sello
La norma establece dos categorías:
- Sello de gestión transparente del agua (categoría ordinaria)
Reconoce el cumplimiento de requisitos básicos de transparencia y gestión. - Sello de gestión transparente y sostenible del agua (categoría superior)
Añade criterios más exigentes de sostenibilidad y eficiencia.
Además, se adapta a distintos usos del agua:
- Abastecimiento
- Regadío y usos agrarios
- Usos industriales (energéticos y no energéticos)
- Acuicultura
- Otros usos
¿Cómo obtener el Sello?
Requisitos generales (clave para todas las entidades)
Para conseguir el sello, los solicitantes deben:
- Disponer de los títulos habilitantes y autorizaciones necesarias
- Cumplir con la normativa sobre vertidos y control del agua
- Remitir información periódica a la administración
- Garantizar la transparencia pública, incluyendo:
- Publicación de consumos
- Información sobre vertidos y masas de agua
- Informes de sostenibilidad (cuando aplique)
- No haber sido sancionados ni superar los volúmenes autorizados
Requisitos adicionales (categoría superior)
Para optar al nivel más exigente, se deben cumplir criterios específicos según el uso del agua, como por ejemplo:
- Reducción del consumo de agua (≈10 %)
- Uso de aguas regeneradas
- Control de pérdidas
- Mejora de la calidad de vertidos
- Protección de ecosistemas (restauración, biodiversidad)
- Implantación de tecnologías de monitorización
Estos requisitos están diseñados para impulsar una gestión avanzada y sostenible del recurso hídrico.
Procedimiento de solicitud
El proceso se articula de forma electrónica y requiere:
- Solicitud formal ante el Ministerio para la Transición Ecológica
- Presentación de:
-
- Memoria justificativa
- Documentación acreditativa
- Compromiso ético y de transparencia
3. Evaluación por la Administración
4. Resolución en un plazo máximo de 6 meses
En caso de no respuesta, la solicitud se entiende estimada por silencio administrativo positivo.
Vigencia, control y renovación del Sello
| Aspecto | Detalle | Implicaciones prácticas para las entidades |
|---|---|---|
| Vigencia del Sello | 3 años desde la notificación de la concesión | Obliga a planificar el mantenimiento de requisitos a medio plazo |
| Declaración anual | Presentación obligatoria de una declaración responsable anual | La entidad debe confirmar que sigue cumpliendo todas las condiciones |
| Controles administrativos | Posibilidad de inspecciones y verificaciones por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente | Es necesario conservar evidencias y trazabilidad de la gestión del agua |
| Seguimiento anual | Obligación de presentar un informe anual de resultados | Requiere medición continua (consumos, vertidos, indicadores de sostenibilidad) |
| Renovación | Posible cada 3 años, previa solicitud | Debe acreditarse que se mantienen o mejoran los requisitos iniciales |
| Revocación | Puede producirse por incumplimiento (requisitos, sanciones, datos falsos, etc.) | Riesgo reputacional + pérdida del distintivo |
| Extinción automática | Si no se solicita renovación tras los 3 años | La entidad pierde el derecho de uso del sello |
| Compromiso continuo | Obligación de mantener condiciones durante toda la vigencia | No es un reconocimiento puntual, sino continuado |
Visualización y uso del Sello
| Elemento | Descripción | Valor para la entidad |
|---|---|---|
| Formato del distintivo | Logotipo oficial regulado por la Administración | Garantiza uniformidad y reconocimiento institucional |
| Categoría ordinaria | Sello de gestión transparente del agua | Acredita cumplimiento en transparencia y gestión |
| Categoría superior | Sello de gestión transparente y sostenible del agua | Refuerza posicionamiento en sostenibilidad avanzada |
| Uso en comunicación | Puede incluirse en web, informes, memoria ESG, marketing | Mejora la imagen corporativa y la diferenciación |
| Presencia institucional | Inclusión en el Observatorio de la gestión del agua | Aumenta visibilidad y posicionamiento sectorial |
| Participación en iniciativas | Acceso a jornadas, premios y acciones del Ministerio | Networking y reconocimiento público |
| Registro oficial | Posible inclusión en registros (ej. mercantiles) | Refuerza la credibilidad frente a terceros |
| Impacto reputacional | Identificación como entidad transparente y responsable | Ventaja competitiva en licitaciones y stakeholders |
