¿En qué consiste la prevención y control integrado de la contaminación: IPPC?

¿En qué consiste la prevención y control integrado de la contaminación: IPPC? 1920 1278 Prisma

El IPPC o prevención y control integrado de la contaminación tiene como objetivo evitar la contaminación desde el origen antes de que sea necesaria la minimización de sus efectos o la restauración de recursos afectados.

El concepto de la prevención y control integrado de la contaminación se plantea, por primera vez, en el artículo 130 R del Tratado de la Unión Europea, de 7 de febrero de 1992, firmado en Maastricht (Holanda):

  1. La política de la Comunidad en el ámbito del medio ambiente contribuirá a alcanzar los siguientes objetivos:
  • la conservación, la protección y la mejora de la calidad del medio ambiente;
  • la protección de la salud de las personas;
  • la utilización prudente y racional de los recursos naturales;
  • el fomento de medidas a escala internacional destinadas a hacer frente a los problemas regionales o mundiales del medio ambiente.
  1. La política de la Comunidad en el ámbito del medio ambiente tendrá como objetivo alcanzar un nivel de protección elevado, teniendo presente la diversidad de situaciones existentes en las distintas regiones de la Comunidad. Se basará en los principios de cautela y de acción preventiva, en el principio de corrección de los atentados al medio ambiente, preferentemente en la fuente misma, y en el principio de quien contamina paga. Las exigencias de la protección del medio ambiente deberán integrarse en la definición y en la realización de las demás políticas de la Comunidad.

En este contexto, las medidas de armonización necesarias para responder a tales exigencias incluirán, en los casos apropiados, una cláusula de salvaguardia que autorice a los Estados miembros a adoptar, por motivos medioambientales no económicos, medidas provisionales sometidas a un procedimiento comunitario de control.

  1. En la elaboración de su política en el área del medio ambiente, la Comunidad tendrá en cuenta:
  • los datos científicos y técnicos disponibles; las condiciones del medio ambiente en las diversas regiones de la Comunidad;
  • las ventajas y las cargas que puedan resultar de la acción o de la falta de acción;
  • el desarrollo económico y social de la Comunidad en su conjunto y el desarrollo equilibrado de sus regiones.

Estos conceptos establecidos como un conjunto normativo, vinculante para los Estados Miembros de la Unión Europea, se adoptan y desarrollan formalmente por primera vez en la Directiva 96/61/CE del Consejo, de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación, actualmente derogada por otras publicadas posteriormente.

¿Qué establece el IPPC?

En esta normativa, se establece que la prevención es uno de los principios básicos que debe considerar toda política ambiental. Su objetivo consiste en evitar la contaminación desde el origen antes de que sea necesaria la minimización de sus efectos o la restauración de recursos afectados. Por otra parte, resulta apropiado facilitar un enfoque integrado del control de las emisiones de dichas actividades a la atmósfera, el agua o el suelo, que otorgue una protección al medio ambiente en su conjunto, de manera que se evite la transferencia de contaminación de un elemento o recurso natural a otro.

De cara a las actividades industriales, se introduce la obligatoriedad de una autorización ambiental en la que por medio de la integración y coordinación administrativa se incluye el control de las emisiones al aire, los vertidos y los residuos para el funcionamiento de las instalaciones incluidas en su ámbito de aplicación. Asimismo, se establecen criterios para la determinación de unos Valores Límite de Emisión (VLE) basados en las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) que deberán estar contenidos en las mencionadas autorizaciones.

En el transcurso de los años, se han introducido diversas modificaciones en la legislación de prevención y control integrados de la contaminación, así como en el resto de la legislación europea relativa a actividades industriales, con el objetivo de responder a la necesidad de obtener mejoras de la salud pública y ambientales asegurando, al mismo tiempo, la rentabilidad, y fomentando la innovación técnica.

Las últimas modificaciones, refuerzan la aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) en la Unión Europea exigiendo a los Estados miembros que los valores límite de emisión sean establecidos de acuerdo con las conclusiones relativas a las MTD, sin prescribir la utilización de una técnica o tecnología específica.

¿Qué normativas existen en prevención y control integrados de la contaminación?

En el Derecho nacional español, el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, integra en un texto único las sucesivas modificaciones introducidas en la primera ley nacional relativa, la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación:

  • Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero;
  • Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE);
  • Ley 34/2007, de 15 de noviembre de calidad del aire y protección de la atmósfera;
  • Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad;
  • Ley 40/2010, de 29 de diciembre de almacenamiento geológico de dióxido de carbono;
  • Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa;
  • Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación
  • Ley22/2011, de28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

¿Qué actividades industriales incluye el IPPC?

Las actividades industriales incluidas dentro del ámbito de aplicación de la legislación de prevención y control integrado de la contaminación tienen recogidas en su Autorización Ambiental Integrada, los siguientes requisitos:

  • Los valores límite de emisión para las sustancias contaminantes.
  • Las prescripciones que garanticen, en su caso, la protección del suelo y de las aguas subterráneas.
  • Los procedimientos y métodos que se vayan a emplear para la gestión de los residuos generados por la instalación.
  • Los sistemas y procedimientos para el tratamiento y control de todo tipo de emisiones y residuos, con especificación de la metodología de medición, su frecuencia y los procedimientos para evaluar las mediciones.
  • Las medidas relativas a las condiciones de explotación en situaciones distintas a las normales que puedan afectar al medio ambiente, como los casos de puesta en marcha y parada, fugas, fallos de funcionamiento y paradas temporales.
  • Cualquier medida o condición establecida por la legislación sectorial aplicable.
  • Las condiciones en que debe llevarse a cabo el cierre de la instalación.
  • La obligación de comunicar al órgano competente regularmente y al menos una vez al año:
    • Información basada en los resultados del control de las emisiones
    • Cuando se apliquen valores límite de emisión que superen los valores de emisión asociados a las mejores técnicas disponibles, un resumen de resultados del control de las emisiones que permita compararlos con los niveles de emisión asociados con las mejores técnicas disponibles.
  • Los requisitos adecuados para el mantenimiento y supervisión periódicos de las medidas adoptadas para evitar las emisiones al suelo y a las aguas y, en su caso, los requisitos adecuados para el control periódico del suelo y las aguas subterráneas por lo que respecta a sustancias peligrosas.
  • Las condiciones para evaluar el cumplimiento de los valores límite de emisión.

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