Cantabria: Medio Ambiente adapta la recogida y transporte de residuos no peligrosos a la ley de residuos y suelos contaminados

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La Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo del Gobierno de Cantabria ha publicado una resolución para la adaptación de las actividades de recogida o transporte de residuos no peligrosos a la Ley de Residuos y Suelos Contaminados.

 

Dicha Ley establece la obligación, a las entidades o empresas que recojan o transporten residuos con carácter profesional, de presentar una comunicación al inicio de sus actividades ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde tengan su sede social.

 

Así, el director general de Medio Ambiente ha emitido una resolución con carácter general para el conjunto de interesados afectados por el cambio de régimen jurídico introducido por la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, aplicable a los titulares de actividades de recogida o transporte de residuos no peligrosos con carácter profesional con su sede social en Cantabria, inscritos en el Registro para las actividades en las que se desarrollen operaciones de gestión de residuos no peligrosos distintas a la valorización o eliminación.

 

La resolución, consultada por Europa Press, establece que el ejercicio de las actividades de recogida y transporte de residuos implica el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de residuos y suelos contaminados, así como en el resto de normas de desarrollo.

 

En particular, se deberán transportar los residuos cumpliendo las prescripciones de las normas de transportes, las restantes normas aplicables y las previsiones contractuales.

Igualmente se deberán entregar los residuos para su tratamiento a entidades o empresas autorizadas, y disponer de una acreditación documental de esta entrega, no pudiendo extender documentos de aceptación, salvo que se cuente con dicha autorización.

 

También se deberá disponer de un archivo físico o telemático, manteniéndose el mismo a disposición de las autoridades competentes a efectos de inspección y control.

La resolución también establece que en el caso de recoger o transportar residuos peligrosos, se deberá constituir una fianza que tendrá por objeto responder frente a la Administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad.

 

Por otro lado, las obligaciones de información previstas en la Ley se deberán llevar a cabo por vía electrónica cuando se haya habilitado la funcionalidad correspondiente.

A tal efecto, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, estará disponible la aplicación Sistema de Información Ambiental de Cantabria SIACAN (aplicaciones5.cantabria.es/siacan/), pudiendo acceder, asimismo, a través de los portales www.cantabria.es y www.medioambientecantabria.es

 

La información relativa a las actividades de recogida y transporte de residuos desarrolladas se registrará por la Comunidad Autónoma de Cantabria y se incorporará al Registro de producción y gestión de residuos que será compartido y único en todo el territorio nacional, conforme establece la Ley de residuos y suelos contaminados.

 

Fuente: Europa Press

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