Los criterios establecidos se entienden como requisitos mínimos y serán de aplicación a todas las aguas superficiales, y en lo referente al intercambio de información, además, a las aguas subterráneas. Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental. (B.O.P. Nº 219 de 12/09/2015). El nuevo real decreto tiene por objeto establecer criterios básicos y homogéneos para el diseño y la implantación de los programas de seguimiento del estado de las masas de agua superficiales y para el control…
leer másTiene como finalidad garantizar las necesidades básicas de uso de agua de la población, así como un desarrollo económico y social sostenible de Aragón compatible con el buen estado de los ecosistemas acuáticos y terrestres. Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Rios de Aragón (BOA nº 241 de 10/12/2014). La nueva Ley tiene por objeto regular las competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón sobre las aguas y ríos de Aragón en el marco de la Constitución Española, la legislación básica del Estado y el Estatuto de Autonomía de Aragón. En particular, regula aquellas competencias exclusivas reconocidas…
leer másIPROMA ha participado en el II CongresoI bérico de la sAguas Subterráneas, auspiciadopor el grupoespañol de la AsociaciónInternacional de Hidrogeólogos y celebrado en instalaciones de la Universidad Politécnica de Valencia la pasadasemana. En el mismo han participado más de 150 técnicos pertenecientes a la Administración, consultorías, Universidad, entre otras instituciones procedentes de diversos países. IPROMA ha participado en estecongresomediante la presentación de dos pósters, cuya temática estaba centrada en el estudio y evaluación de tendencias sobre la evolución de la concentración de nitratos en una masa de agua subterránea de carácteraluvial en la demarcaciónhidrográfica del Miño-Sil y en el estudio…
leer másReal Decreto 270/2014, de 11 de abril, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo (B.O.E. 89 de 12/04/2014). La Ley de Aguas establece que el ámbito territorial de cada plan hidrológico será coincidente con el de la demarcación hidrográfica correspondiente. En este sentido, el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, en su artículo 3.4 ha delimitado la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo como el ámbito territorial que comprende el territorio español de la cuenca hidrográfica del río Tajo. Consecuentemente, la Confederación Hidrográfica del Tajo, al…
leer másIPROMArealizará los controles de lasaguassuperficiales, embalses y aguassubterráneas en la cuencahidrográfica del ríoOumerRbia, uno de los principalesríosmarroquíes, con más de 600 Km. de recorrido y quenace en la cordillera del Atlas, desembocando en el OcéanoAtlántico a unos 70 Km. al sur de Casablanca. Los trabajos a realizar consisten en la toma de muestras en estaciones de control situadas a lo largo del río Oum er Rbia y de sus principales afluentes y embalses, así como en una red de pozos distribuidos a lo largo de la cuenca. Sobre las muestras obtenidas se realizarán análisis físico-químicos y microbiológicos con el fin…
leer másSegún ha declarado Sáenz de Santamaría «el Gobierno ha estudiado el Anteproyecto de Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley de Costas, cuyo objetivo es alcanzar la «tolerancia cero frente a las agresiones en la costa«. A partir de ahora la Administración podrá intervenir para parar aquellas obras en pleno dominio público que sean contrarias a la legislación medioambiental. El Gobierno podrá actuar frente a los acuerdos municipales que otorguen licencias que sean contrarias a la legislación, según ha explicado la vicepresidenta. Objetivos de la reforma La protección medioambiental efectiva y la seguridad…
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