Creado el registro estatal de huella de carbono

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Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono (B.O.E. 77 de 29/03/2014).
La Decisión 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre el esfuerzo de los Estados miembros para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero a fin de cumplir los compromisos adquiridos por la Comunidad hasta 2020, señala que los esfuerzos para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en los sectores afectados por el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión no serán suficientes para hacer frente a los compromisos globales asumidos por la Comunidad hasta el año 2020.
Por ello, la reducción sustantiva de las emisiones en otros sectores de la economía es necesaria. Así, los estados miembros deberán establecer políticas y medidas adicionales a fin de reducir las emisiones de los sectores denominados difusos, comprometiéndose a disminuir sus emisiones en dichos sectores en un 10 por ciento respecto a 2005 en 2020.
En el reparto de los esfuerzos realizados por Estado miembro, España debe reducir sus emisiones en un 10 por ciento respecto a 2005. Este nuevo objetivo representa un reto ante el cual se deben establecer nuevas medidas que permitan su cumplimiento, entre las que se encuentran las recogidas en un buen número de normas de ámbito nacional, de entre las que destaca la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
Así, dentro del mencionado contexto de reducción de emisiones, el presente real decreto contribuirá a incentivar acciones para la mejora de las absorciones por los sumideros de carbono, de manera que las reducciones y absorciones que se lleven a cabo en éstos ámbitos tengan reflejo en el Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero de España, facilitando el cumplimiento de los compromisos internacionales y comunitarios asumidos por España en materia de cambio climático.
Además, este real decreto, mediante la creación del registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de CO2, persigue sensibilizar e incentivar a la sociedad en su conjunto en la lucha contra el cambio climático con el fin de lograr una economía baja en carbono, dando respuesta al compromiso creciente que tanto entidades públicas como privadas han venido mostrando en los últimos años en relación con la reducción de emisiones de GEI. Para ello, se establecen una serie de medidas destinadas a facilitar y fomentar el cálculo de la huella de carbono, su reducción y compensación mediante absorciones de CO2.
La participación en el registro es de carácter voluntario, estando dirigido a personas físicas o jurídicas públicas o privadas y trabajadores autónomos que deseen participar en el mismo. Se ha tratado de facilitar su participación a las pequeñas y medianas empresas (PYMES) en consideración a su posible limitación de recursos y a la importancia que las mismas tienen en el tejido empresarial nacional.
El capítulo I describe el objetivo y finalidad del presente real decreto, que es la creación del registro de huella de carbono, compensación, y proyectos de absorción de dióxido de carbono. Incluye la creación de un registro con tres secciones en el que se inscriben los esfuerzos realizados en estos ámbitos. Asimismo, se detalla, entre otras cuestiones el papel de los documentos técnicos, quién se puede inscribir en el registro, la difusión que se hará de la información y la coordinación y seguimiento con las comunidades autónomas.
El capítulo II establece el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de CO2. Se establece el marco y consideraciones necesarias para cada una de las secciones que integran el registro, que son, sección de huella de carbono y de compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, sección de proyectos de absorción de dióxido de carbono y sección de compensación de huella de carbono.
El capítulo III del real decreto regula la inscripción, actualización y baja en el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono. Se exponen los datos, documentación y tramitación necesarios para llevar a cabo la inscripción en cada una de las tres secciones del registro.
Se elaborarán documentos de apoyo para facilitar la medición de la huella de carbono y de las absorciones, los cuales se mantendrán permanentemente actualizados por la Oficina Española de Cambio Climático en la página institucional del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, conforme a los criterios técnicos suministrados por las mejores técnicas disponibles.

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