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Galicia estrena su nueva Ley de residuos y suelos contaminados

Galicia estrena su nueva Ley de residuos y suelos contaminados 825 418 Prisma

Ya es una realidad la Ley 6/2021, de 17 de febrero, de residuos y suelos contaminados de Galicia, publicada en el DOG el pasado jueves, 25 de febrero de 2021 y en vigor desde el 17 de marzo de 2021.

Finalidad de la Ley de Residuos y suelos contaminados

La ley de residuos y suelos contaminados de Galicia tiene como finalidad regular la producción y gestión sostenible de los residuos a través de medidas que contribuyan a la prevención de su producción, para disminuir los impactos sobre el medio ambiente y la salud humana. A través de esta ley, Galicia pretende fomentar el uso sostenible de los recursos y facilitar la transición hacia una economía circular bajo el principio de jerarquía de residuos y el principio de “quien contamina paga”. Con esta norma aspira a situarse «a la cabeza» de las regiones europeas en adaptar e integrar su normativa al contenido de la directiva europea en materia de plásticos e impulsar la reducción del desperdicio alimentario.

Además, el texto legislativo también regula el régimen jurídico de suelos contaminados.

Principales objetivos

Para conseguir todo esto, se fijan una serie de objetivos como:

  • Reducción progresiva del peso de los residuos producidos en el año 2020 en un 10% respecto de los generados en el año 2010 y de un 15% en el 2025.
  • La cantidad de residuos municipales destinados a la preparación para la reutilización y el reciclaje para las siguientes fracciones: papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos y otras susceptibles de ser preparadas para la reutilización; deberán alcanzar, en su conjunto, como mínimo, el 50 % en peso en el año 2020, correspondiendo un 2 % a la preparación para la reutilización principalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y muebles, el 55 % en el año 2025 y el 60 % en el año 2030.
  • En 2035 sólo podrán eliminarse en vertedero el 10% de los residuos domésticos generados. Queda prohibido eliminar en vertedero residuos recogidos separadamente.
  • Antes del 2020, la cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinadas a la preparación para la reutilización, el reciclaje y otros tipos de valorización material, deberá alcanzar el 70% y el 75 % en el año 2025.
  • Antes del 2025, el objetivo del 30 % de la preparación para la reutilización del total de residuos domésticos gestionados, y un 5 % en el año 2030.

Deberes del productor u otro poseedor inicial relativas a la gestión de residuos

Los productores de residuos peligrosos con instalaciones en la comunidad de Galicia están obligados a suscribir una garantía financiera que cubra las responsabilidades a que pudieran dar lugar sus actividades atendiendo a sus características, peligro y potencial riesgo. Solo quedarán exentos de esta obligación aquellos productores que produzcan menos de 10 toneladas de residuos peligrosos.

Por otro lado, los productores de residuos peligrosos, los productores de residuos no peligrosos en cantidad superior a las 1000 toneladas/años, y aquellos pequeños productores de residuos peligrosos que se determinen reglamentariamente, que produzcan residuos en instalaciones ubicadas en Galicia, están obligados a llevar el archivo cronológico de manera telemática o a través de un archivo físico, que deberán facilitar a la administración si esta les requiere información.

Asimismo, deben informar inmediatamente a la consejería con competencias en residuos, en caso de accidente, desaparición, pérdida o derrame de residuos.

NOVEDAD: Los productores de residuos comerciales no peligrosos y los productores de residuos domésticos generados en las industrias tienen la obligación de informar al ayuntamiento y al órgano competente en materia de residuos, de las cantidades de residuos generadas y acreditar su gestión antes de 1 de marzo del año siguiente.

Los productores que produzcan residuos como consecuencia de procesos productivos deben aplicar las mejores tecnologías disponibles para minimizar su producción y el peligro de los residuos que generen. Los productores de residuos peligrosos que como consecuencia de sus procesos productivos produzcan residuos en una cantidad igual o superior a 10 toneladas al año, deben presentar ante el órgano competente de la comunidad autónoma los correspondientes estudios de minimización.

Deberes de los gestores de residuos

Los gestores de residuos deben cumplir con la normativa que les sea de aplicación, así como con los condicionantes impuestos en sus autorizaciones. También deben garantizar que las operaciones de gestión que llevan a cabo se realizan conforme a lo establecido en los proyectos presentados, en sus autorizaciones o de acuerdo con la información proporcionada en su comunicación.

También deben facilitar a la administración la información que ésta le requiera en relación con la naturaleza, características y composición de los residuos que posean, así como cualquier otra información relacionada con el adecuado cumplimiento de sus deberes. En caso de accidente, desaparición, pérdida o derrame de residuos tienen la obligación de informar inmediatamente a autoridad competente en materia de residuos.

Los gestores que lleven a cabo operaciones de tratamiento, incluido el almacenamiento de residuos, en instalaciones ubicadas en Galicia deberán llevar el archivo cronológico de manera telemática a través GAIA, aquellos gestores que, no estando obligados, no lleven el archivo cronológico de manera telemática deberán disponer de un archivo físico en la instalación a la
que esté asociada la correspondiente inscripción en el Registro de Productores y Gestores de Residuos de Galicia.

Todos los gestores que realicen tratamiento de residuos, incluido el almacenamiento de residuos, los negociantes de residuos peligrosos y no peligrosos y los agentes de residuos peligrosos, deben constituir previamente una fianza que tendrá por objeto responder frente a la administración del cumplimiento de los deberes que se deriven del ejercicio de su actividad. Además, los gestores que realicen tratamiento de residuos peligrosos, incluido el almacenamiento, deben suscribir un seguro para cubrir las responsabilidades que deriven de estas operaciones.

Memoria resumen del archivo cronológico

Las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido una autorización de tratamiento de residuos  enviarán anualmente a la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y, en el caso de los residuos de competencia municipal, también al ayuntamiento correspondiente, una memoria resumen de la información contenida en el archivo cronológico, antes del 1 de marzo.

Traslado de residuos

Requisitos dentro de Galicia

  • Deben disponer un contrato de tratamiento con carácter previo al inicio del traslado de residuos.
  • Deben ir acompañados del correspondiente documento de identificación (DI).
  • Estarán sometidos a notificación previa (NT):
    • Los traslados de residuos peligrosos
    • Los traslados de residuos destinados a eliminación.
    • Los traslados de residuos destinados a instalaciones de incineración clasificadas como valorización, según lo previsto en la operación R1
    • Los traslados de residuos domésticos mezclados, identificados con el código LER 200301 destinados a valorización.
    • Los traslados de residuos que se determinen reglamentariamente.

Requisitos dentro de la UE:

  • Se realiza según lo dispuesto en el Reglamento (CE) 1013/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de julio de 2006
  • Deben ir acompañados del documento que figura en el anexo VII del citado reglamento
  • Cuando los residuos tengan como destino Galicia, el gestor autorizado para su recepción deberá presentar, con carácter semestral, al órgano competente de la Comunidad Autónoma, una previsión de los residuos que pretenda recibir en los próximos seis meses.

Gestión de residuos domésticos, comerciales e industriales

Se establece la necesidad de fomentar la creación de puntos de recogida de residuos industriales, en los polígonos industriales y parques empresariales;  y el fomento de medidas específicas para el reciclaje a través de la implantación de sistemas de compostaje doméstica y comunitaria.

Productos de plástico de un solo uso

NOVEDAD: se adelantan en las restricciones al plástico dentro de su comunidad autónoma. Queda prohibida la comercialización de:

a) Vajillas de plástico de un solo uso.
b) Vasos y tazas para bebidas de poliestireno expandido.
c) Bandejas alimentarias de poliestireno expandido.

Se excluyen de la prohibición de comercialización establecida en el número anterior las pajitas destinadas a fines médicos y utilizadas con dicha finalidad.

Reducción del desperdicio alimentario

NOVEDAD: Los sujetos titulares de establecimientos de restauración, están obligados a ofertar la entrega de las fracciones sobrantes de alimentación no consumidas a quien contrató el servicio de restauración, preferentemente en recipientes que no sean de un solo uso. Sin descuidar la reducción de plásticos, para ello, la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia fomentará con esta finalidad el empleo de menaje ambientalmente sostenible.

La conservación ulterior de los alimentos entregados será responsabilidad de la persona usuaria que contrató el servicio.

Suelos contaminados

Esta ley introduce los principios de la política de suelos, aclara algunos supuestos específicos de no aplicación de la normativa y regula:

  • Los instrumentos de evaluación de calidad del suelo.
  • La declaración de suelos contaminados y sus efectos.
  • El conjunto de instrumentos de políticas de suelos.

También determina que el órgano competente en materia de suelos contaminados podrá exigir la constitución de una garantía financiera que garantice el cumplimiento de los deberes frente a la Administración derivadas de las actuaciones de recuperación de suelos contaminados.

NOVEDAD:  Cualquier persona, física o jurídica, de carácter público o privado, que detecte indicios o riesgos de contaminación del suelo, como consecuencia de la realización de cualquier
tipo de actividad, incluidas operaciones de excavación o movimiento de tierras, vertidos y accidentes, deberá ponerlo en conocimiento del órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia competente en materia de suelos contaminados a la mayor brevedad posible.

Puede consultar esta ley en el siguiente enlace.

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