Esta Directiva establece medidas destinadas a:
- Definir y establecer objetivos de calidad del aire ambiente para evitar, prevenir o reducir los efectos nocivos para la salud humana y el medio ambiente en su conjunto;
- Evaluar la calidad del aire ambiente en los Estados miembros basándose en métodos y criterios comunes;
- Obtener información sobre la calidad del aire ambiente con el fin de ayudar a combatir la contaminación atmosférica y otros perjuicios y controlar la evolución a largo plazo y las mejoras resultantes de las medidas nacionales y comunitarias;
- Asegurar que esa información sobre calidad del aire ambiente se halla a disposición de los ciudadanos;
- Mantener la calidad del aire, cuando sea buena, y mejorarla en los demás casos;
- Fomentar el incremento de la cooperación entre los Estados miembros para reducir la contaminación atmosférica.
Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en estas Directiva antes del 11 de junio de 2010.