Nueva ley de industria de Castilla y León

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Hasta la fecha, se carecía en Castilla y León de una norma de rango legal que, con una visión global e integradora de los diversos aspectos implicados, en consonancia con las variadas competencias asumidas en su Estatuto de Autonomía, estableciera un marco adecuado para la regulación de la actividad industrial y su fomento o promoción. Este vacío pretende cubrirse con la presente Ley, coordinándola no obstante, con lo dispuesto en otras normas españolas y europeas.
La presente Ley trata de conjugar la debida atención de los intereses generales implicados en la actividad industrial, con el máximo respeto a la libertad de empresa y a las reglas de la competencia. En esta línea, la presente Ley continúa y profundiza en un proceso de liberalización de la actividad industrial, de eliminación o minimización de barreras regulatorias.
Quedan comprendidas en el ámbito de esta Ley todas las actividades industriales que se desarrollen en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, incluidos los servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica directamente relacionados con las actividades industriales.
La presente Ley regula para las actividades e instalaciones industriales, entre otros, los siguientes aspectos:
  • Regula el régimen de la actividad industrial, precisando los deberes y responsabilidades de los titulares de industrias e instalaciones.
  • Desarrolla, con respeto al marco legal nacional y europeo, la regulación de los profesionales de la seguridad industrial, incluyendo aquí a los proyectistas y directores de obra, las empresas instaladoras y mantenedoras, y los organismos de control.
  • Se establecen los controles previos sobre actividades, instalaciones y establecimientos industriales.
  • Recoge los mecanismos de inspección, comprobación y las medidas correctoras. En este punto, se ha tratado de posibilitar la participación en estas tareas de los organismos de control, aunque partiendo siempre de su consideración como entidades meramente colaboradoras, que no pueden ni deben ejercer funciones públicas.
  • Establece un régimen para la planificación de la política de promoción industrial, que se considera imprescindible para la consecución de los objetivos de fomento de la competitividad que se buscan. Destaca aquí la regulación del Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León, como marco de referencia general en la materia, así como el establecimiento de un régimen específico para proyectos industriales prioritarios o estratégicos.
  • Pretende incentivar la adopción voluntaria de prácticas de responsabilidad social empresarial por las empresas y establecimientos industriales, de acuerdo con los mejores estándares nacionales, europeos e internacionales en la materia.
  • Crea con carácter informativo el Registro Industrial único de Castilla y León con el fin de integrar la información sobre la actividad industrial en todo el territorio.

Queda derogada la Ley 3/1990, de Seguridad Industrial de Castilla y León.

(Leer norma)

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