Se modifica el Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana (PIRCVA)

Se modifica el Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana (PIRCVA) 2000 1330 Prisma

Se publica el Decreto 55/2019, de 5 de abril, del Consell, por el que se aprueba la revisión Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana.

El Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana (PIRCVA) es el instrumento director y coordinador de las actuaciones que se realizan en la comunidad en materia de gestión de residuos. La aprobación del Decreto 55/2019 es una transición hacia un nuevo modelo de gestión de residuos y tiene como objetivo revisar actuaciones y medidas para adaptar el plan a los objetivos marcados en las últimas directivas comunitarias en esta materia.

A qué tipo de residuos afecta el PIRCVA

El Plan Integral de Residuos se aplica a todas las tipologías de residuos, los cuales se clasifican en tres grupos correspondientes a los principales orígenes de dichos residuos:

  • Residuos domésticos y asimilables.
  • Residuos industriales.
  • Residuos específicos (residuos que, por su origen especial o legislación particular, requieren de un tratamiento diferenciado.

Principales modificaciones del PIRCVA

1. Modificaciones relativas a residuos domésticos y asimilables

  • Los planes locales de residuos contendrán, al menos, una memoria justificativa de todos los servicios de su competencia, con indicación clara de los rendimientos de la recogida selectiva a obtener, una memoria económica vinculante para la entidad local y un documento de síntesis, de no más de 50 páginas.
  • La gestión de los residuos debe basarse en políticas de residuo cero (jerarquía europea de gestión de residuos(, a desarrollar tanto por las entidades locales de la Comunitat como por la Generalitat.
  • La generación total de rechazos no valorizables, con destino a vertedero, debe limitarse como máximo al 42% sobre la totalidad de residuos producidos.
  • Antes de 2020, todos los municipios y entidades locales responsables de los servicios de recogida de residuos, deben tener implantada una recogida separada de biorresiduos, contando con los sistemas de recogida más eficientes para cada caso.
  • Antes del 1 de enero de 2021, las entidades locales de la Comunitat Valenciana, analizarán e implantarán una recogida separativa obligatoria de los residuos de pañales y productos de higiene íntima de entre los domésticos y asimilables.
  • Los residuos de pañales y productos de higiene íntima que se recojan selectivamente en origen deberán tratarse en instalaciones adecuadas a esta tipología de residuo.

Principales medidas

Para conseguir los objetivos fijados en el plan se indican las siguientes medidas:

  • Desde el 1 de enero de 2020 se establecerán mecanismos de incentivos fiscales que potencien el uso de envases de más de un uso entre los residuos domésticos: envases reutilizables, reciclables y fabricados con material reciclado.
  • Se fijará reglamentariamente para el sector HORECA (Hoteles, Restaurantes y Catering) cantidades u objetivos mínimos de preparación para la reutilización de determinados envases y bebidas.
  • Se establecerá límites a la contabilización como envases reciclados en la Comunitat Valenciana, de aquellos que se exporten fuera de la UE.
  • Los consorcios y entidades municipales y supramunicipales competentes de los servicios de valorización y eliminación de residuos domésticos y asimilables, antes de 2021, deberán implantar en sus instalaciones de valorización de residuos domésticos y asimilables, una valorización separativa adicional al menos de vidrio.
  • Todos los eventos festivos que se desarrollen en la comunidad, tanto de ámbito local, comarcal, provincial, autonómico, nacional o internacional están obligados a una gestión selectiva de sus envases y residuos de envases.
  • Dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor del presente plan, será obligatoria la recogida selectiva de envases ligeros, papel-cartón, vidrio y biorresiduos, en todos los establecimientos de gestión pública o público-privada, tales como hospitales, centros de día, residencias de la tercera edad, colegios, edificios-dependencias-oficinas de todas las administraciones públicas ubicados en la comunidad valenciana.
  • Será obligatoria la recogida selectiva en origen para su posterior reciclado, al menos de envases ligeros, plásticos no envases, vidrio, papel-cartón y biorresiduos en oficinas privadas, centros de ocio, centros comerciales, centros fabriles, centros de logística y distribución, supermercados, hipermercados y centros de gran afluencia de población en general.
  • Se establecerán medidas para favorecer la reciclabilidad y compostabilidad de los envases y otros materiales, respecto de los envases y otros materiales de un solo uso. Por eso, a partir del 1 de julio de 2021:
  • Queda prohibida la venta de platos, cubiertos, tazones, tazas de plástico y bandejas alimentarias de un solo uso hechos de plástico que no entren dentro del ámbito de aplicación de la Directiva 94/62/CE, relativa a envases y residuos de envase.
  • Queda prohibida la venta de cápsulas de café de un solo uso fabricadas con materiales no fácilmente reciclables, orgánicamente o mecánicamente. A partir de la misma fecha, solo se podrán distribuir y comercializar en la Comunitat Valenciana las pajitas de bebidas, los bastoncillos de las orejas y los bastoncillos para caramelos fabricados con materiales compostables según la norma UNE EN 13.432:2000, salvo que sean reciclables y sometidos a un sistema de responsabilidad ampliada del productor o equivalente que garantice al menos su reciclado efectivo.
  • Queda prohibida la distribución, la venta y el uso de productos que generen o puedan generar microplásticos o nanoplásticos y de las versiones no reutilizables de encendedores, maquinillas de afeitar, cartuchos y tóner de impresora y fotocopiadora, no sometidos a una responsabilidad ampliada del productor.
  • El Gobierno de la Generalitat puede regular la restricción o la prohibición de otros productos de un solo uso o materiales.

2. Modificaciones relativas a residuos industriales

  • Se establece la obligatoriedad de que los polígonos industriales cuenten con, al menos, un centro de transferencia de residuos, peligrosos y no peligrosos, con capacidad suficiente para dar servicio a los residuos que sean producidos en las industrias del polígono, principalmente pequeños productores.
  • Se debe prever la existencia de una o varias parcelas cuya calificación urbanística permita albergar, al menos, una infraestructura de transferencia de residuos industriales, peligrosos y no peligrosos.
  • Para facilitar al productor de residuos, tanto peligrosos como no peligrosos, la elaboración de los planes de prevención y reducción de residuos industriales, la conselleria competente en materia de medio ambiente ordenará reglamentariamente mediante Orden de la conselleria competente en residuos, su contenido, de forma que puedan ser evaluables y comparables, con objetivos cuantificables, antes del 1 de julio de 2021, con el fin de determinar los porcentajes efectivos de minimización de residuos de forma disociada del propio crecimiento económico que pueda tener lugar en determinados sectores industriales. Asimismo, determinará su calendario de implementación en el horizonte de vigencia del presente Plan, antes del 1 de enero de 2022.
  • Se deben contemplar obligatoriamente en los Planes de prevención y reducción de residuos peligrosos, el tratamiento previo mediante las técnicas y MTD’s disponibles destinadas a la reducción o pérdida de peligrosidad de los residuos para su tratamiento posterior. En todo caso, están obligados a la presentación del Plan aquellos productores en los que así venga especificado según la normativa básica estatal.

3. Modificaciones relativas a residuos específicos

RCD’S

  • Antes del 1 de marzo de 2020, mediante Decreto del Consell, a propuesta de la conselleria competente en materia de residuos, se establecerá una norma técnica sobre el régimen de producción y gestión de RCD’s en la Comunitat Valenciana además de una sectorización del modelo de gestión, al objeto que todas las zonas de la Comunitat puedan disponer de instalaciones de gestión de RCD’s cumpliendo los principios de proximidad y autosuficiencia.
  • En el otorgamiento de la licencia municipal de obras se exigirá al productor de RCD’s, incluir en el proyecto de ejecución de la obra un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, que debe contener la trazabilidad completa de la gestión del residuo.
  • Los residuos peligrosos que pudieran aparecer en las obras de construcción y demolición, distintas a las obras menores de construcción o reparación domiciliaria, de acuerdo con la normativa vigente en materia de residuos, deberán ser entregados a gestor autorizado para su gestión
  • En el caso de residuos peligrosos que pudieran aparecer en las obras de construcción o reparación domiciliaria menores, estos podrán entregarse en el ecoparque de gestión consorciada

Aceites industriales usados

La Conselleria competente en materia de medio ambiente coadyuvará a la iniciativa privada en la implantación de instalaciones de regeneración de aceites industriales usados.

Residuos sanitarios

La mayoría de los residuos sanitarios se generan en actividades hospitalarias de carácter público, mediante norma con rango de ley podrán declararse servicio público de titularidad autonómica las operaciones consistentes en:

  1. a) Tratamiento de los residuos sanitarios del grupo III.
  2. b) Tratamiento de los residuos citostáticos del grupo IV.

PCB’s y PCT’s

  • Antes del 31 de diciembre de cada año, se realizará la eliminación o descontaminación de todos los aparatos con PCBs y PCTs acreditado que hayan aflorado el año precedente, exceptuando a los transformadores con concentración de PCB-PCT entre 50 y 500 ppm que podrán continuar en servicio hasta el final de su vida útil.
  • Antes del 31 de diciembre de cada año, demostración acreditada mediante análisis químicos, del contenido o no contenido de PCB-PCT de todos los aparatos que, por razones diversas, todavía figuren en el grupo 3 (aparatos dudosos que pueden contener PCB-PCT) del inventario nacional de PCB actualizado al 31 de diciembre del año anterior, conforme la normativa vigente o aplicable en cada momento.

Puede ampliar la información de la revisión del Plan de Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana en el siguiente enlace.

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