Procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales no sometidos a autorización administrativa en Andalucía

Procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales no sometidos a autorización administrativa en Andalucía 150 150 Prisma
La Junta de Andalucía regula las actividades incluidas en el Grupo II del Decreto 59/2005, que son aquellos establecimientos o instalaciones industriales que tengan reconocida la libertad para su instalación, ampliación o traslado y que por lo tanto no requieran de autorización administrativa para su puesta en funcionamiento.
Andalucía desarrolla los procedimientos para la instalación, ampliación, traslado y puesta en servicio de los establecimientos e instalaciones industriales encuadradas en el Grupo II del Decreto 59/2005, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, cuya puesta en funcionamiento está condicionada por su normativa específica a la acreditación ante la Administración del cumplimiento de las normas reglamentarias.

También desarrolla el sistema de control de las actividades, establecimientos e instalaciones sujetos a reglamentación de seguridad industrial.

(Leer norma)

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