Procedimiento telemático para inscripción de instalaciones térmicas en edificios

Procedimiento telemático para inscripción de instalaciones térmicas en edificios 150 150 Prisma

La presente orden tiene por objeto regular el procedimiento de tramitación telemática para la inscripción y registro de determinadas instalaciones térmicas en los edificios según lo previsto en el artículo 24 del R.D. 1027/2007 y aprobar la aplicación informática RITE (Registro Instalaciones Térmicas), necesaria para su gestión.
Será de a aplicación a las instalaciones térmicas cuya potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor o igual que 5 kW y menor o igual que 70 kW.

Aplicación del procedimiento

El procedimiento previsto en la presente disposición será de aplicación para las instalaciones térmicas en los edificios recogidas en el Anexo, siempre que no necesiten proyecto técnico para su ejecución, ni inspección previa de organismo de control.

  1. Podrán tramitar electrónicamente la inscripción de determinadas instalaciones térmicas en los edificios los instaladores habilitados siempre que figuren inscritos en los Servicios Territoriales competentes en materia de industria.
  2. Los usuarios para acceder a la aplicación informática RITE deberán disponer de certificado digital que permita firmar electrónicamente según lo establecido en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 15 y disposición adicional quinta del Decreto 40/2005, de 19 de mayo, por el que se regula la utilización de técnicas de administración electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León. También se podrá acceder a la aplicación mediante DNI-e. Los certificados digitales admitidos serán los emitidos por Autoridades de Certificación que se encuentren recogidos en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  3. Los requisitos concretos que deben reunir los usuarios y sus equipos se recogen actualizados en el apartado correspondiente de requisitos mínimos de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León www.tramitacastillayleon.jcyl.es.
  4. Así mismo podrán acceder usuarios internos de los Órganos Competentes en materia de industria de la Comunidad de Castilla y León, mediante los sistemas de identificación, autenticación y seguridad de las aplicaciones informáticas de la administración autonómica de Castilla y León adaptados a la información gestionada por la aplicación informática «RITE».

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