Publicada la ley de seguridad industrial en Cataluña

Publicada la ley de seguridad industrial en Cataluña 150 150 Prisma

D.O.G.C 5191 del 08/08/2008

El objeto de la presente ley es la regulación, dentro del ámbito de competencias de la Generalidad, del marco jurídico general de la seguridad industrial en el territorio de Cataluña.

Esta norma se estructura en cinco títulos, con el contenido que se indica a continuación.

El título primero determina el objeto y el ámbito de aplicación de esta ley, siendo de aplicación a las actividades, instalaciones y productos industriales (incluyendo los vehículos automóviles) que por su condición de fuentes de riesgo pueden producir daños o perjuicios a las personas, los bienes o el medio ambiente como consecuencia de un accidente.

El título segundo establece los principios generales para el ejercicio de las actividades industriales que pueden producir accidentes graves.  En este título se determina la obligación de disponer de informe previo, de carácter preceptivo y vinculante, por parte de la Agencia Catalana de Seguridad Industrial, para la implantación de nuevos establecimientos industriales en que pueden producirse accidentes graves, así como para la realización de cambios o modificaciones sustanciales en los existentes. A tal efecto, los titulares de dichos establecimientos deben presentar a la Agencia un análisis cuantitativo de riesgo, el cual debe estar elaborado de acuerdo con las instrucciones que establezca la Agencia.

El título tercero crea la Agencia Catalana de Seguridad Industrial, que se configura como el organismo que ejerce las competencias de la Generalidad en materia de seguridad industrial, y establece su organización y funcionamiento.

El título cuarto establece el régimen regulador de los operadores de la inspección en materia de seguridad industrial, sustituye el régimen de concesión por un régimen de autorización administrativa y determina las funciones, los requisitos y las obligaciones de dichos operadores.

El título quinto regula el control de la Administración en materia de seguridad industrial, determina la potestad inspectora y la sancionadora en materia de seguridad industrial, tipifica las infracciones, y establece el correspondiente régimen sancionador.

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