En información pública el Informe nacional de cumplimiento del Convenio de Aarhus.

En información pública el Informe nacional de cumplimiento del Convenio de Aarhus. 220 164 Prisma

En información pública hasta el 10 de julio de 2013 el informe nacional de cumplimiento del Convenio Aarhus.

El artículo 10, párrafo 2, del Convenio de Aarhus  requiere que las Partes Contratantes sigan permanentemente una revisión de la aplicación del Convenio sobre la base de los citados informes nacionales de cumplimiento. Por la decisión I/8, la Conferencia de las Partes estableció un mecanismo de presentación por el que se pide a cada Parte que presente un informe en cada Reunión de las Partes, esto es cada cuatro años,  sobre las medidas legislativas, reguladoras y otras medidas adoptadas para cumplir el Convenio y ponerlo en práctica, de acuerdo con un formato de informe anexado a la decisión.Para un mejor control por parte del MAGRAMA de las modificaciones que se aporten se ruega trabajar con control de cambios sobre el borrador que se proporciona y remitirlo al buzón Aarhus Punto Focal.

Aarhus-buzon@magrama.es

El plazo para dirigir las observaciones y comentarios es hasta el 10 de julio de 2013.

CONVENIO DE AARHUS.

Mediante la aprobación del Convenio sobre acceso a la información, participación del público en la toma de decisiones y acceso a la justicia en materia de medio ambiente (Convenio de Aarhus), la Unión Europea pretende sensibilizar e implicar a los ciudadanos en las cuestiones medioambientales y mejorar la aplicación de la normativa medioambiental.

El Convenio, vigente desde el 30 de octubre de 2001, parte de la idea de que una mayor implicación y sensibilización de los ciudadanos con relación a los problemas medioambientales conduce a una mejor protección del medio ambiente. El Convenio tiene por objeto contribuir a proteger el derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente adecuado para su salud y su bienestar. Para alcanzar dicho objetivo, el Convenio propone intervenir en tres ámbitos:

  • garantizar el acceso del público a las informaciones sobre medio ambiente de que disponen las autoridades públicas;
  • favorecer la participación del público en la toma de decisiones que tengan repercusiones sobre el medio ambiente;
  • ampliar las condiciones de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

CONVENIO AARHUS EN ESPAÑA.

El Convenio de Aarhus es de aplicación directa en España, tras su ratificación, en diciembre de 2004 y entrada en vigor, el 31 de marzo de 2005. El Parlamento aprobó, no obstante, la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, la cual transpone además las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE. Esta Ley tiene por objeto garantizar la efectiva aplicación del Convenio de Aarhus en todo el Estado.

Es una Ley de carácter básico, lo que significa que, en virtud del reparto de competencias en el Estado español, las Comunidades Autónomas (gobiernos regionales) pueden adoptar decisiones legislativas más exigentes. En aquellas en las que no se ha desarrollado aún norma complementaria autonómica es la norma estatal directamente la que, a todos los efectos, garantiza la aplicación del Convenio en todo el territorio nacional. Este informe se centra fundamentalmente en la implementación del Convenio a nivel nacional, incluyendo algunas referencias genéricas al régimen autonómico

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