Se publica la ley de sostenibilidad energética de la Comunidad Autónoma Vasca

Se publica la ley de sostenibilidad energética de la Comunidad Autónoma Vasca 1000 667 Prisma

Publicado el Decreto 254/2020 que desarrolla la Ley de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca, con el objetivo de aclarar el alcance de las obligaciones recogidas en la norma y facilitar su cumplimiento.

¿Por qué se publica esta ley? 

Este Decreto nace con la vocación de desarrollar principalmente los Títulos I, II y III de la Ley 4/2019, de 21 de febrero, con los siguientes objetivos:  

  • Aclarar el alcance de las obligaciones previstas en la norma y facilitar su cumplimiento.  
  • Concretar y precisar, tanto los plazos como los trámites, para evitar dilaciones innecesarias, lagunas o dudas interpretativas. 
  • Precisar conceptos jurídicos indeterminados con el fin de asegurar una aplicación justificada y proporcionada de la Ley.
  • Regular la composición y funcionamiento de la Comisión para la Sostenibilidad Energética del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. 

Objeto de la ley 

El Decreto 254/2020 tiene por objeto el desarrollo de la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca, en lo relativo a las obligaciones establecidas por la misma en su:  

  1. Título I, referido a las Disposiciones Generales.  
  2. Título II, referido a la Administración Pública Vasca.  
  3. Título III, referido al sector privado, con la excepción de las medidas regulatorias para alcanzar la completa sustitución de los hidrocarburos líquidos, antes del 31 de diciembre de 2030, por otras energías más respetuosas con el medio ambiente, las cuales serán objeto de desarrollo reglamentario independiente.  
  4. Título IV, referido a las Medidas de Transparencia e Información, en lo relativo a las obligaciones de información marcadas en sus artículos 55 y 56.  
  5. Disposición Adicional Segunda, en concreto el desarrollo de la determinación del nivel base de referencia del consumo energético de las administraciones públicas. 
  6.  Disposición Final Cuarta, en lo referente a la definición del procedimiento para realizar la declaración de grandes consumidores. 

Contenido de la ley  

1. Impulso de la sostenibilidad energética por parte de las administraciones públicas vascas: 

  • Ejemplaridad de las Administraciones Públicas Vascas. 
  • Sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. 
  • Movilización de recursos del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. 

 2. Comisión para la sostenibilidad energética del sector público de la comunidad autónoma de Euskadi: 

  • Composición 
  • Funciones 
  • Convocatoria y reuniones
  • Actas
  • Régimen jurídico
  • Grupo Técnico de Trabajo 

 3. Objetivos, acciones y obligaciones 

Sección 1º: objetivos y acciones generales 

  • Inventario. 
  • Control de consumos energéticos. 
  • Definición de las unidades de actuación energéticas. 
  • Auditorías energéticas de las Administraciones Públicas Vascas.
  • Porcentajes de ahorro de energía.
  • Planes de Actuación Energética.
  • Formación y sensibilización. 

Sección 2º: Eficiencia energética de los edificios de las administraciones públicas vascas. 

  • Certificación de la eficiencia energética de los edificios. 
  • Mejora de la calificación energética en edificios existentes. 
  • Calificación energética de edificios de nueva construcción y existentes objeto de reformas integrales. 
  • El certificado de eficiencia energética en el marco de otros procedimientos administrativos. 

Sección 3º: Transporte y movilidad sostenible de las administraciones públicas vascas. 

  • Vehículos que consumen combustibles alternativos. 
  • Planes de movilidad a los centros de trabajo del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. 

 4. Sectores industrial, servicios privados y comercio, y transporte privado 

  • Comunicación periódica de consumos energéticos. 
  • Auditorías energéticas. 
  • Sistemas de gestión energética. 
  • Planes de movilidad de centros de trabajo. 
  • Formación y sensibilización.
  • Certificación de la eficiencia energética de edificios. 

 5. Sector residencial y nuevos desarrollos 

  • Certificación energética de edificios de uso residencial vivienda. 
  • Sistemas de contabilización de consumos individuales.
  • Auditorías energéticas de edificios de uso residencial vivienda.
  • Sistemas energéticos centralizados.
  • Implantación de instalaciones de recarga de vehículos eléctricos en garajes. comunitarios de edificios existentes. 

Puede consultar el Decreto 254/2020 que desarrolla la Ley de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca en este enlace. 

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