El 11 de enero de 2023 se publicaba el Real Decreto 3/2023 por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro en España. Esta norma introduce una serie de novedades derivadas de la Iniciativa Ciudadana Europea sobre el derecho al Agua RIGHT2-WATER relativas al agua de consumo humano.
El Real Decreto 3/2023 sobre criterios técnicos sanitarios de la calidad de las aguas de consumo humano deroga con su entrada en vigor la anterior normativa existente en la materia, el RD 140/2003, de 7 de febrero, estableciendo un nuevo marco legal en materia de control del agua de consumo humano. Su objetivo es trasponer a la normativa española la Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020 relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano.
Este real decreto establece directrices actualizadas para asegurar la calidad del agua, desde la captación hasta el grifo del consumidor, con medidas reforzadas de control, transparencia y accesibilidad universal.
Objetivos del Real Decreto 3/2023
- Trasponer la Directiva (UE) 2020/2184.
- Proteger la salud de la población frente a contaminantes en el agua.
- Garantizar la salubridad, limpieza y accesibilidad del agua.
- Establecer criterios técnicos y sanitarios del suministro y distribución.
¿Qué cambia con el Real Decreto 3/2023?
- Nuevos parámetros de control:
Se incorporan contaminantes emergentes como:
- Bisfenol A
- PFAS (sustancias perfluoroalquiladas)
- Uranio
- Colífagos (indicadores de virus)
- Subproductos de desinfección: Clorito, clorato
Incluye una lista de observación para vigilar otros posibles contaminantes.
2. Enfoque preventivo basado en el riesgo:
Introduce la obligación de desarrollar Planes de Gestión del Riesgo, aplicables desde captación a grifo, y planes específicos para edificios prioritarios como hospitales, residencias, centros educativos, etc.
Ámbito de aplicación para criterios sanitarios del agua de consumo humano
Aplica a las aguas de consumo y captación tal y como se definen en los artículos 2.1 y 2.2 del Real Decreto 3/2023.
Criterios sanitarios y calificación del agua
Tipos de calificación según el Real Decreto 3/2023
- Apta para el consumo:Sin microorganismos o sustancias perjudiciales, y cumple los valores del Anexo I.
- No apta para el consumo: Incumple valores o excede parámetros de la Lista de observación. Requiere medidas inmediatas y comunicación.
Puntos de cumplimiento de calidad
- Grifo del usuario final.
- Salida de cisternas o depósitos.
- Acometida (para operadores).
Puntos de muestreo
- Captación: punto designado por autoridad
- ETAP: entrada y salida
- Depósitos: salida
- Entregas entre operadores
- Red de distribución
- Grifos interiores y contadores
Tipos de control y vigilancia
- Autocontrol del operador
- Vigilancia municipal en grifos
- Control en edificios prioritarios
- Vigilancia sanitaria (autoridad sanitaria)
- Zonas de captación (hidráulica)
- Buques (titular del buque)
Gestión de incidencias
Toda superación de parámetros o eventos excepcionales debe:
- Confirmarse en 24h
- Investigarse y comunicarse al SINAC
- Aplicarse medidas inmediatas según la evaluación del riesgo
- Adoptarse medidas correctoras y nueva muestra de verificación
- Comunicarse resultados y cierre de la incidencia en 24h
Evaluación del riesgo en instalaciones interiores
Aplica a instalaciones como hospitales, colegios, prisiones, centros comerciales, etc. Los valores paramétricos deben cumplirse en el punto de entrega al usuario.
Transparencia en la información
Obligatorio para todas las entidades responsables de zonas de abastecimiento y control del agua. Garantiza trazabilidad, información pública y seguimiento continuo.
Garantizar acceso mínimo al agua de consumo humano
La Administración debe asegurar el acceso universal a un suministro mínimo de agua. En hostelería y restauración, es obligatorio ofrecer agua no envasada gratuita.
Preguntas frecuentes (FAQ)
- ¿Qué edificios deben cumplir con planes de riesgo?
Hospitales, residencias, centros de salud, educativos, deportivos, prisiones, centros comerciales, etc. - ¿Qué incluye la Lista de observación?
Sustancias con potencial riesgo aún no reguladas de forma obligatoria, pero con seguimiento analítico recomendado. - ¿Qué hago si se supera un valor paramétrico?
Aplicar protocolo de gestión de incidencias del Real Decreto 3/2023: confirmación, evaluación, comunicación al SINAC, medidas correctoras.
¿Cómo te ayudamos desde Eurofins?
En la red de laboratorios de Eurofins Environment Testing estamos acreditados por ENAC bajo la norma UNE-EN ISO/IEC 17025. Ponemos a tu disposición un servicio integral para ayudarte a cumplir con el Real Decreto 3/2023 sobre la calidad del agua de consumo humano:
- Análisis completo de todos los parámetros exigidos por la normativa.
- Diagnóstico técnico y elaboración de planes de autocontrol.
- Evaluación de instalaciones prioritarias según el riesgo.
- Reporting normativo y acompañamiento técnico continuo.
- Formación especializada y soluciones personalizadas adaptadas a tus necesidades.
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