Nueva reglamentación para la certificación energética de edificios en Castilla-La Mancha

Nueva reglamentación para la certificación energética de edificios en Castilla-La Mancha 220 145 Prisma

El objetivo del nuevo Decreto es promover la eficiencia energética en la edificación, ofreciendo a consumidores y usuarios información objetiva del comportamiento energético de los edificios, favoreciendo una mayor transparencia en el mercado inmobiliario y la mejora de la calidad de las edificaciones en este aspecto.

Decreto 29/2014, de 08/05/2014, por el que se regulan las actuaciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y se crea el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha (DOCM nº 89 de 13/05/2014).).

El proceso previsto para alcanzar estos objetivos consiste en la obtención de una calificación energética y su certificación para el proyecto y el edificio terminado, sea éste de nueva construcción o existente, o parte del mismo, y el derecho al uso de una etiqueta acreditativa de dicha calificación.

Los certificados de proyectos, edificios terminados y edificios existentes, o de parte de estos, se integran en un Registro de carácter público con el propósito de ofrecer a los posibles compradores o arrendatarios del edificio una información relevante acerca del comportamiento energético del mismo. Se establece la obligatoriedad de comunicarse con el Registro por medios electrónicos cuando el promotor o propietario del edificio para el que se solicita el registro de un certificado sea una persona jurídica, cuando la solicitud de registro se formule por una persona jurídica, o cuando se solicite la inscripción de certificados por el técnico competente, en representación del propietario o promotor, dado que se considera que por su capacidad técnica y dedicación profesional tienen garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos para ello.

Además, el decreto regula el procedimiento para la calificación y certificación de la eficiencia energética de edificios y el modo de inclusión del certificado de eficiencia energética en la información que el vendedor o arrendador debe suministrar al comprador o arrendatario en el ámbito de la protección de los consumidores y usuarios.

Este Decreto desarrolla lo dispuesto en los artículos 16 y 18 de la Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las energías renovables e incentivación del ahorro y eficiencia energética en Castilla-La Mancha, así como el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios, con el objetivo de promover la eficiencia energética en la edificación, ofreciendo a consumidores y usuarios información objetiva del comportamiento energético de los edificios, favoreciendo una mayor transparencia en el mercado inmobiliario y la mejora de la calidad de las edificaciones en este aspecto.

 

Composición decreto

El presente Decreto se estructura en seis capítulos:

  • El primero de ellos, bajo la rúbrica Disposiciones Generales, establece sucesivamente su objeto y definiciones, ámbito de aplicación y las competencias en relación con las actuaciones contempladas en el mismo.
  • El segundo, regula el procedimiento para la calificación y certificación de la eficiencia energética de edificios.
  • El tercer capítulo se refiere al sistema de control independiente de los certificados que corresponde establecer y aplicar a esta Administración autonómica en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 9.1 del procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios aprobado por el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, y a la inspección del cumplimiento de la obligación de certificación de eficiencia energética de edificios.
  • El cuarto capítulo crea el Registro autonómico de certificados de eficiencia energética de edificios de Castilla-La Mancha, adscrito a la Dirección General competente en materia de energía, incluyendo aspectos generales sobre el mismo, fomentado la tramitación telemática de los procedimientos registrales y estableciendo la puesta a disposición del público de la información más relevante incluida en dicho registro.
  • El capítulo quinto determina el modo de inclusión del certificado de eficiencia energética en la información que el vendedor o arrendador debe suministrar al comprador o arrendatario en el ámbito de la protección de los consumidores y usuarios.
  • Por último, el capítulo sexto se refiere al régimen sancionador.

El nuevo Decreto deroga el Decreto 6/2011, de 1 de febrero, por el que se regulan las actuaciones en materia de certificación energética de edificios en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y se crea el Registro autonómico de certificados de eficiencia energética de edificios y entidades de verificación de la conformidad, así como la Orden de 11/06/2013, de la Consejería de Fomento, por la que se regula la inscripción de las certificaciones de eficiencia energética de los edificios existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

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