REAL DECRETO 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. Este Reglamento desarrolla la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, en lo relativo a su capítulo IV, en particular al método para la evaluación de los escenarios de riesgos y de los costes de reparación asociados a cada uno de ellos. Determinación del daño medioambiental Cuando se produzca un daño medioambiental los operadores recopilarán la información necesaria para determinar la magnitud del daño, en concreto: La cartografía y la geología del…
leer másDecreto 181/2008, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento del régimen económico-financiero del canon del agua B.O.P.V. 221 DEL 18/11/2008 Se regula el canon del agua en la Comunidad Autónoma del País Vasco, cuyo hecho imponible es el consumo real o potencial del agua por la afección al medio que su utilización pudiera producir. Son sujetos pasivos del canon del agua en concepto de contribuyentes las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, usuarias del agua en baja, bien la reciban de una entidad suministradora o la capten por medios propios en régimen de concesión de…
leer másREAL DECRETO 1802/2008, DE 3 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO SOBRE NOTIFICACIÓN DE SUSTANCIAS NUEVAS Y CLASIFICACIÓN, ENVASADO Y ETIQUETADO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, APROBADO POR REAL DECRETO 363/1995, DE 10 DE MARZO, CON LA FINALIDAD DE ADAPTAR SUS DISPOSICIONES AL REGLAMENTO (CE) N.º 1907/2006 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO (REGLAMENTO REACH). Para adaptar la Directiva 67/548/CEE del Consejo, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en materia de clasificación, embalaje y etiquetado de sustancias peligrosas, al Reglamento 1907/2006, se dictó la Directiva 2006/121/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de…
leer másEl plazo para el prerregistro de sustancias en fase transitoria finaliza el 1 de diciembre de 2008. Las empresas que preregistren sus sustancias se pueden beneficiar de plazos mas amplios para su registro bajo el reglamento REACH. De lo contrario no podrán acogerse a las disposiciones específicas para sustancias en fase transitoria. Fuente: Ministerio de Medio Ambiente
leer másD.O.U.E. L: 09/10/2008 REGLAMENTO (CE) Nº 987/2008 DE LA COMISIÓN, de 8 de octubre de 2008, por el que se adapta el Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) en cuanto a sus anexos IV y V. En el artículo 138, apartado 4, del Reglamento 1907/2006 se dispone que la Comisión ha de revisar los anexos IV y V para el 1 de junio de 2008, con el fin de proponer su modificación, en caso de ser necesaria. Atendiendo a este artículo…
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