Registro de Datos de Planes de Autoprotección en Madrid

Registro de Datos de Planes de Autoprotección en Madrid 895 550 Prisma

Se regula el funcionamiento del Registro de Datos de Planes de Autoprotección en la Comunidad de Madrid quedando adscrito a la Dirección General competente en materia de Protección Civil.

DECRETO 74/2017, de 29 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula el funcionamiento del Registro de Datos de Planes de Autoprotección de la Comunidad de Madrid. (B.O.C.M. 210 04/10/2017)

El presente Decreto tiene por objeto la creación y regulación del funcionamiento del Registro de Datos de Planes de Autoprotección en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Este Registro quedará adscrito a la Dirección General competente en materia de Protección Civil.

¿Cuál es su objetivo?

La finalidad de este decreto es crear un instrumento para mejorar la prevención de riesgos y para facilitar la intervención de los servicios externos actuantes en emergencias.

El Registro de Datos de Planes de Autoprotección permite la inscripción de los datos más relevantes para la protección civil de los planes de autoprotección de aquellos centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia existentes en la Comunidad de Madrid, y que deban disponer de este tipo de Plan.

Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación del mismo comprenderá:

  1. Los centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid que deban tener plan de autoprotección, según se regula en el Anexo I de la “Norma Básica de Autoprotección”.
  2. Los municipios ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid podrán, adicionalmente, establecer registros municipales de planes de autoprotección de los centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias sitas en sus respectivos términos municipales.

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