Novedades en el ámbito laboral de la Ley 10/2022, de Garantía Integral de Libertad Sexual

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La recientemente publicada Ley 10/2022, de 6 de septiembre, contempla novedades importantes en el ámbito laboral para garantizar la libertad sexual. En este artículo te contamos los detalles

El pasado 7 de septiembre de 2022 se publicaba en el Boletín Oficial del Estado la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.

Esta ley nace con el objeto de garantizar y proteger de manera integral el derecho a la libertad sexual y la erradicación de todas las violencias sexuales y su finalidad es la puesta en práctica de políticas efectivas, globales y coordinadas entre las distintas administraciones públicas (incluidas las laborales), a nivel estatal y autonómico.

Cabe señalar que, como novedad importante esta nueva la Ley 10/2022 contempla en su artículo 12 las medidas de prevención y sensibilización en el ámbito laboral de las que nos hacemos eco en este artículo.

Antecedentes

En España se han desarrollado en los últimos tiempos importantes avances normativos y de políticas públicas para promover la igualdad de género y combatir la violencia contra las mujeres

Asimismo, España ha ratificado los principales tratados y convenios internacionales de derechos humanos en los que se establecía la obligación de actuar con la debida diligencia frente a todas las formas de violencia contra las mujeres, entre ellas las violencias sexuales.

Como consecuencia de la aprobación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, la lucha contra la violencia de género encontró un nuevo impulso con el ODS 5

Objetivo 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas

Con objeto de dar cumplimiento a todas las obligaciones globales en materia de protección de los derechos humanos de las mujeres, las niñas y los niños frente a violencias sexuales, y establecer un marco legislativo se publica esta Ley 10/2022.

Obligaciones de prevención y sensibilización en el ámbito laboral

Esta nueva ley 10/2022 contempla en su artículo 12 las medidas de prevención y sensibilización en el ámbito laboral, y que resumimos a continuación:

  • Las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo
  • Las empresas deberán arbitrar procedimientos específicos para la prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido víctimas de estas conductas (incluyendo específicamente las sufridas en el ámbito digital)
  • Las empresas podrán establecer medidas que deberán negociarse con los representantes de las personas trabajadoras, tales como:
    • la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas
    • la realización de campañas informativas
    • protocolos de actuación o acciones de formación.

De estas medidas podrán beneficiarse la plantilla total de la empresa cualquiera que sea la forma de contratación laboral.

  • Las empresas promoverán la sensibilización y ofrecerán formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio.
  • Las empresas deberán incluir en la valoración de riesgos de los diferentes puestos de trabajo ocupados por trabajadoras, la violencia sexual entre los riesgos laborales concurrentes, debiendo formar e informar de ello a sus trabajadoras.
  • Las empresas que cumplan con los requerimientos establecidos en esta ley serán reconocidas con el distintivo de «Empresas por una sociedad libre de violencia de género».

Se determinará vía Real Decreto el procedimiento y condiciones para la concesión de dicho distintivo, así como su revisión periódica y retirada en los casos que proceda. También se establecerán las facultades que deriven de su obtención y las condiciones de difusión de las empresas que obtengan el reconocimiento.

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