Nuevo Reglamento de Residuos de Andalucía.

Nuevo Reglamento de Residuos de Andalucía. 220 196 Prisma

Completa la normativa de residuos en Andalucía

Este Decreto aprueba el Reglamento que regula los aspectos necesarios para actualizar y completar la normativa de residuos en la Comunidad Andaluza, que entra en vigor el 26/05/2012.
El Título I comprende las disposiciones generales relativas al objeto, ámbito de aplicación, definiciones, consideraciones relacionadas con los subproductos, el fin de la condición de residuo y el Catálogo de Residuos de Andalucía.
El Título II regula el régimen de la producción y posesión de los residuos, junto con los aspectos relacionados con la minimización.
Las personas o entidades productoras podrán responsabilizarse del transporte de los residuos hasta las instalaciones de tratamiento y se sustituye la autorización para la producción de residuos peligrosos por una comunicación de la actividad y su inscripción en el registro correspondiente, igualando el tratamiento administrativo a todas las personas o entidades productoras, sin tener en consideración el umbral de las 10 t/año. Esta comunicación también se extiende a las actividades que generen residuos no municipales no peligrosos por encima de las 1.000 t/año y a todas las instalaciones de depuración de aguas residuales de actividades no domésticas, sin limitación de la cantidad de lodos producida.
Se especifica el régimen de las personas o entidades gestoras que asumen la titularidad de la producción de los residuos peligrosos que recogen, procedentes de industrias o actividades que no superan la generación unitaria de 500 kilogramos en un año, así como los derechos y obligaciones de las personas o entidades productoras de residuos municipales.
También se introduce la obligatoriedad de cumplir con los objetivos definidos en los planes de minimización de residuos, para las personas o entidades productoras que superen las 10 t/año de residuos peligrosos o las 1.000 t/año de residuos no peligrosos.
En el Título IV, relativo a los sistemas de gestión, se establecen los requisitos para asegurar el cumplimiento de las obligaciones exigidas a las personas o entidades productoras en el marco de la responsabilidad ampliada del productor del producto.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Decreto y en el Reglamento que por el mismo se aprueba, y en particular:

  • El Decreto 283/1995, de 21 noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • El Decreto 104/2000, de 21 de marzo, por el que se regulan las autorizaciones administrativas de las actividades de valorización y eliminación de residuos y la gestión de residuos plásticos agrícolas;
  • El Decreto 257/2003, de 16 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de autorización de grupos de gestión o sistemas lineales de gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, así como de pilas y baterías usadas.

Por otro lado introduce modificaciones en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

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